Contraloría General de la República · N° 023669N14
Dictamen N° 23.669, de 3 de abril de 2014
Texto del pronunciamiento
N° 23.669 Fecha: 03-IV-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Manuel Torres Céspedes, funcionario de la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo, para reclamar que no se consideraron sus descargos y pruebas en un sumario administrativo ordenado instruir en su contra por el Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de La Araucanía, por lo que solicita que se revise dicha situación. Sobre el particular, es del caso indicar que tal como lo ha señalado esta Institución de Fiscalización en sus dictámenes N os 10.782, de 2012, y 21.750, de 2013, los sumarios administrativos son procedimientos reglados en los cuales no caben otros trámites o instancias que los previstos en la ley N° 18.834, normativa que no otorga facultades a este Ente de Control para emitir una opinión anticipada a su respecto, sobre cuyos resultados podrá pronunciarse al efectuar el examen previo de legalidad del acto de término que los afine, de ser ello procedente, de acuerdo con lo establecido en la resolución N° 1.600, de 2008, de este origen. Pues bien, atendido que, según los registros de este Organismo Fiscalizador, el proceso disciplinario de que se trata no ha ingresado para el aludido trámite, se abstiene de referirse acerca de la materia. Transcríbase al Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de La Araucanía y a la respectiva Contraloría Regional. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 023669N14, de 3 de abril de 2014.
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