Contraloría General de la República · N° 024287N17
Dictamen N° 24.287, de 4 de julio de 2017
Texto del pronunciamiento
N° 24.287 Fecha: 04-VII-2017 Mediante el oficio N° 1.292/INC/2016, el Secretario General (S) del Senado, a solicitud del senador que indica, solicita se informe acerca de los fundamentos del dictamen N° 17.930, de 2017, de este origen, a través del cual se reconsideraron los dictámenes N os 83.624, de 2016 y 8.600, del presente año. Al respecto, cabe anotar que de los antecedentes recabados por esta Institución de Control, consta que el señor Juan Alvear Henríquez, en relación con el mismo motivo, interpuso un recurso de protección ante la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, en la causa Rol N° 42.820, de 2017. En este sentido, cumple con señalar que a este Organismo de Control, con arreglo a lo establecido en el artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336, no le corresponde informar ni intervenir en asuntos sometidos al conocimiento de los tribunales de justicia, lo que según se indicó, ocurre en la situación planteada en la especie. En consecuencia, esta Contraloría General se abstiene de emitir el pronunciamiento requerido. Saluda atentamente a Ud. Dorothy Pérez Gutiérrez Contralora General de la República Subrogante
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 024287N17, de 4 de julio de 2017.
Más sobre Competencia, Abstención y Asuntos Judiciales
-
La Contraloría concluye que no le corresponde pronunciarse sobre la urgencia otorgada por el expresidente Boric a un proyecto de reforma constitucional, porque esa actuación incide en sus atribuciones colegislativas, materia ajena a su competencia.
-
La Contraloría rechaza reconsiderar su criterio: el reclamo del artículo 160 de la ley N° 18.834 solo procede una vez afinado el procedimiento disciplinario, sin excepción por la gravedad de los vicios alegados, y la incompetencia de quien ordenó el sumario no lo invalida si lo afina la autoridad competente.
-
La Contraloría concluye que no puede fiscalizar al SERVEL ni pronunciarse sobre la legalidad de la notificación de vocales de mesa, porque ese servicio no está sujeto a su control, salvo en el examen de sus cuentas; solo remite los antecedentes al SERVEL.
Todos los pronunciamientos sobre Competencia, Abstención y Asuntos Judiciales
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Control de la Contraloría, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Control de la Contraloría¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.