Contraloría General de la República · N° 065100N13
Dictamen N° 65.100, de 9 de octubre de 2013
Texto del pronunciamiento
N° 65.100 Fecha: 09-X-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Héctor Antonio Villegas Montecinos, exfuncionario de la Fuerza Aérea, solicitando la revisión de su pensión de retiro, con la finalidad de incorporar en ella un noveno trienio. Sobre el particular, cabe señalar que, en los antecedentes tenidos a la vista, consta que mediante la resolución N° 314, de 16 de julio de 1992, de la entonces Subsecretaría de Aviación, se reliquidó la jubilación otorgada al recurrente. Al respecto, es dable hacer presente que el inciso tercero del artículo 164 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1968, del Ministerio de Defensa Nacional, antiguo Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, vigente en virtud de lo previsto en el artículo final del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, de esa misma Secretaría de Estado, dispone, en lo que importa, que el derecho a impetrar pensión, reajustes, acrecimientos o cualquier beneficio derivado de ellas, prescribe en el plazo de 10 años. En este orden de ideas, y considerando que entre la data de la aludida reliquidación y la fecha de presentación efectuada por el peticionario ante esta Entidad Fiscalizadora -23 de septiembre de 2013-, han transcurrido más de diez años, resulta forzoso concluir que el derecho a pedir la revisión de su pensión se encuentra prescrito. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 065100N13, de 9 de octubre de 2013.
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