Contraloría General de la República · N° 082155N13
Dictamen N° 82.155, de 13 de diciembre de 2013
Texto del pronunciamiento
N° 82.155 Fecha: 13-XII-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Alejandra López Sanzana, funcionaria de la Municipalidad de San Ramón, solicitando se dé respuesta a su presentación N° 186.798, de 2013, y reclamando en contra de dicho órgano comunal, por cuanto este no le habría enterado las cotizaciones previsionales correspondientes al mes de enero de esa misma anualidad. Sobre el particular, y en lo que atañe al pronunciamiento solicitado, es preciso señalar que este órgano Fiscalizador dio respuesta a su consulta mediante el dictamen N° 57.215, de 2013 -cuya copia se remite a la peticionaria para su conocimiento-, el que concluyó que no se había ajustado a derecho el término anticipado de su contrato a plazo fijo, ordenándose la reincorporación y el entero de las remuneraciones y asignaciones que le hubiere correspondido percibir durante el lapso en que estuvo impedida de realizar sus funciones por un acto de autoridad. Luego, y en relación a la falta de pago de las cotizaciones correspondientes al mes de enero de 2013, es preciso señalar que compete a la Superintendencia de Pensiones -como sucesora legal de la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones-, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 46 y 47, ambos de la ley N° 20.255, que Establece Reforma Previsional, y 3°, letras i) y j), del decreto con fuerza de ley N° 101, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, resolver la alegación planteada, acorde con lo manifestado por este Organismo de Control, entre otros, en los dictámenes N°s. 4.114, de 2012, y 2.553, de 2013. En razón de lo expuesto, dado que la materia de que se trata se encuentra en el ámbito de atribuciones de esa entidad, cumple con remitirle los antecedentes de la referencia para los fines pertinentes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14, inciso segundo, de la ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los órganos de la Administración del Estado, sin perjuicio de las facultades conferidas a esta Contraloría General en el artículo 97 de la citada ley N° 20.255, en relación con el incumplimiento de la obligación de efectuar los aportes previsionales y las responsabilidades disciplinarias derivadas de dicha infracción. Transcríbase a la Municipalidad de San Ramón y a doña Alejandra López Sanzana. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 082155N13, de 13 de diciembre de 2013.
Artículos que cita
Más sobre AFP, Cotizaciones y Bono de Reconocimiento
-
La Contraloría concluye que la determinación de las cotizaciones previsionales y de salud incluidas en el código 900 del Formulario N° 22 es competencia del SII, por lo que le remite la presentación para que responda a la recurrente, sin pronunciarse sobre el fondo de la compensación CAE.
-
La Contraloría rechaza la solicitud de ilegalidad del cálculo del aporte mensual complementario de educación, pues el DFL N° 4, de 2025, ya fue tomado de razón y se ajustó a la delegación. Además, la alegación sobre un financiamiento incompleto es materia constitucional ajena a su competencia.
-
La Contraloría concluye que las retenciones de boletas de honorarios destinadas a cotizaciones previsionales tienen preeminencia sobre otros cobros, por lo que la TGR debe revocar la compensación con la deuda CAE y reintegrar los $580.974 a la recurrente.
Todos los pronunciamientos sobre AFP, Cotizaciones y Bono de Reconocimiento
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Previsión Social, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Previsión Social¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.