Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 012162N17

Dictamen N° 12.162, de 11 de abril de 2017

Texto del pronunciamiento

N° 12.162 Fecha: 11-IV-2017 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Gustavo Martín Araya Hernández, solicitando, según entiende esta Entidad de Control, el cumplimiento de una sentencia de la Excma. Corte Suprema que sería favorable a personas que pertenecen a la Unión de ex Presos Políticos. Sobre el particular, cabe anotar que el artículo 76 de la Constitución Política, dispone que la facultad de conocer de las causas civiles y criminales, resolverlas y hacer ejecutar lo juzgado, pertenece exclusivamente a los tribunales establecidos por la ley, precepto que debe interpretarse armónicamente con lo señalado en el artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336, con arreglo al cual este Órgano Fiscalizador no intervendrá ni informará los asuntos que por su naturaleza, sean propiamente de carácter litigioso o estén sometidos al conocimiento de los tribunales de justicia, lo que abarca aquellos en que ya existe un fallo judicial, de conformidad con lo sostenido en el dictamen N° 61.063, de 2016, de este origen, entre otros, situación que acontecería en la especie. Por consiguiente, en atención a que la solicitud de que se trata, incidiría en el cumplimiento de una sentencia judicial, este Organismo de Control se abstiene de emitir el pronunciamiento requerido, correspondiéndole decidir respecto de la materia a la pertinente autoridad jurisdiccional. Finalmente, cabe señalar que para eventuales futuras presentaciones, el señor Araya Hernández deberá dar estricta observancia a lo previsto en el artículo 19, N° 14, de la Constitución Política, que asegura a todas las personas el derecho de presentar peticiones a la autoridad, sobre cualquier asunto de interés público o privado, sin otra limitación que la de proceder en términos respetuosos y convenientes, exigencias que no satisface su solicitud, de manera que esta Contraloría General pone en su conocimiento que en caso de formular un nuevo requerimiento en que utilice expresiones análogas, aquel será archivado, tal como se resolvió, para una situación similar, en el dictamen N° 92.481, de 2016, de este origen. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Alejandro Riquelme Montecinos Jefe de Departamento de Previsión Social y Personal

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 012162N17, de 11 de abril de 2017.

Artículos que cita

Más sobre Competencia, Abstención y Asuntos Judiciales

  • 29 de octubre de 2026

    Dictamen N° OF205747

    La Contraloría concluye que no le corresponde pronunciarse sobre la urgencia otorgada por el expresidente Boric a un proyecto de reforma constitucional, porque esa actuación incide en sus atribuciones colegislativas, materia ajena a su competencia.

  • 16 de septiembre de 2026

    Dictamen N° OF177637

    La Contraloría rechaza reconsiderar su criterio: el reclamo del artículo 160 de la ley N° 18.834 solo procede una vez afinado el procedimiento disciplinario, sin excepción por la gravedad de los vicios alegados, y la incompetencia de quien ordenó el sumario no lo invalida si lo afina la autoridad competente.

  • 20 de agosto de 2026

    Dictamen N° OF158362

    La Contraloría concluye que no puede fiscalizar al SERVEL ni pronunciarse sobre la legalidad de la notificación de vocales de mesa, porque ese servicio no está sujeto a su control, salvo en el examen de sus cuentas; solo remite los antecedentes al SERVEL.

Todos los pronunciamientos sobre Competencia, Abstención y Asuntos Judiciales

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Control de la Contraloría, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Control de la Contraloría

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium