Contraloría General de la República · N° 094491N15
Dictamen N° 94.491, de 27 de noviembre de 2015
Texto del pronunciamiento
N° 94.491 Fecha: 27-XI-2015 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al instrumento del rubro, que otorga la concesión marítima menor que indica, por cuanto no se ajusta a derecho. En efecto, en el acto administrativo en examen se ha omitido consignar el monto de la tarifa por el lapso en que el beneficiario hizo ocupación del sector concesionado acorde a lo dispuesto en el inciso primero del artículo 60 del decreto N° 2, de 2005, del Ministerio de Defensa Nacional, Reglamento sobre Concesiones Marítimas. No obsta a lo anterior, la circunstancia de que el atracadero construido por el concesionario en el año 2013 no se encuentra actualmente en uso, toda vez que la hipótesis prevista en la norma en comento dice relación con la ocupación ilegal que se ha realizado de un determinado bien, en este caso de una porción de agua, fondo de lago y un sector de playa de lago, sobre los cuales se llevó a cabo la referida obra. En mérito de lo expuesto, se representa el acto administrativo de la suma. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Julio Pallavicini Magnere Jefe de la División Jurídica
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 094491N15, de 27 de noviembre de 2015.
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