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Contraloría General de la República · N° 077136N10

Dictamen N° 77.136, de 21 de diciembre de 2010

Texto del pronunciamiento

N° 77.136 Fecha: 21-XII-2010 Esta Entidad de Control ha debido representar el decreto N° 299, de 2010, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, que otorga la concesión marítima que indica a los integrantes de la sucesión que individualiza, por cuanto no se ajusta a derecho. En efecto, cabe señalar que según los antecedentes tenidos a la vista, el plazo fijado como fecha de vencimiento de la concesión, cuya primera renovación fue otorgada mediante decreto N° 112, de 2000, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina, es el 30 de junio de 2010 y no como se indica en el numeral 4 del Visto y Teniendo Presente del instrumento en examen. Asimismo, consta que el titular de la concesión falleció el 1 de diciembre de 2008 y su sucesión solicitó el otorgamiento de la misma el 25 de mayo de 2009, esto es, dentro del plazo contemplado en el inciso final del artículo 17 del decreto N° 2, de 2005, del Ministerio de Defensa Nacional, por lo que los nuevos solicitantes tenían derecho a continuar con la concesión del causante hasta la fecha de vencimiento de la misma, en este caso, hasta el 30 de junio de 2010 y no hasta el 31 de diciembre de 2015 como se dispone en el N° 6 de decreto en análisis. Por último, resulta errónea la individualización del ítem al que debe ingresarse la renta de la referida concesión contemplada en el N° 8 del decreto en estudio. En mérito de lo anteriormente expuesto, se representa el acto administrativo. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 077136N10, de 21 de diciembre de 2010.

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