Contraloría General de la República · N° 027267N13
Dictamen N° 27.267, de 3 de mayo de 2013
Texto del pronunciamiento
N° 27.267 Fecha: 03-V-2013 Esta Entidad de Control ha dado curso a la resolución N° 69, de 2013 de la Dirección Nacional de Logística de Carabineros de Chile, que aprueba las bases administrativas, anexos y texto de contrato para la adquisición, mediante licitación pública, de contenedores de munición para unidades operativas para Carabineros de Chile, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante lo anterior, cumple con hacer presente que entiende que el plazo de entrega debe contarse desde la emisión de la orden de compra, pues las bases administrativas no contemplan la carta de crédito a que hace referencia su numeral 4.8. Asimismo, cabe precisar que de acuerdo al N° 4.7 del pliego de condiciones, el precio deberá ser pagado con posterioridad a la entrega y recepción conforme de los bienes y a la total tramitación del acto que apruebe el contrato, por lo que la cláusula tercera del texto del contrato debe entenderse en armonía con dicho numeral, esto es, sin que deba exigirse para este efecto, además, la instalación de las especies. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del instrumento señalado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 027267N13, de 3 de mayo de 2013.
Más sobre Licitación Pública y Bases
-
La Contraloría rechaza la reconsideración y mantiene que la Universidad de Chile debe invalidar la adjudicación, pues la oferta de Hoppmann sí incluía el anexo técnico y su inadmisibilidad se basó en un error. Las compensaciones por perjuicios corresponden a los tribunales.
-
La Contraloría concluye que la PDI no ejerció arbitrariamente su facultad de fijar especificaciones técnicas en las bases, pues incluyó rangos de aceptación y fundamentó sus exigencias, por lo que desestima el reclamo; solo recomienda detallar en lo sucesivo las razones de exigencias muy específicas.
-
La Contraloría concluye que, como excepción a la regla general, en la contratación de apertura y mantención de cuentas corrientes el municipio debe estimar fundadamente el monto considerando los recursos que se manejarán en la cuenta, para fijar garantías, multas y límites contractuales.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Compras Públicas (Ley 19.886), y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Compras Públicas (Ley 19.886)¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.