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Contraloría General de la República · N° 068290N13

Dictamen N° 68.290, de 22 de octubre de 2013

Texto del pronunciamiento

N° 68.290 Fecha: 22-X-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña María Geraldina Pizarro Mascardi, hija viuda del señor Agustín Pizarro Magallanes, exfuncionario de Carabineros de Chile, actualmente fallecido, para solicitar un pronunciamiento que determine el derecho que, a su juicio, le asiste a percibir el montepío generado a la muerte de su madre, doña Norma Mascardi Arias, asignataria preferente de dicho beneficio. Requerido al efecto, el Departamento de Pensiones de esa institución policial, junto con remitir el expediente respectivo, ha manifestado, en síntesis, que la recurrente no cumple los requisitos para percibir la referida pensión, dado que, el año 1969, contrajo matrimonio con don Arturo Gac Salas, quien falleció el día 4 de septiembre de 1995. Sobre el particular, es dable anotar, en primer término, que el inciso primero del artículo 121 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del antiguo Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de Carabineros de Chile, establece, en lo que interesa, que tienen derecho al montepío, en primer grado, la viuda, y en segundo grado, los hijos legítimos y naturales, hoy matrimoniales y no matrimoniales. Por su parte, el artículo 125 de esa misma normativa, previene que los aludidos asignatarios no tendrán derecho a impetrar la pensión o cesarán en el goce de ella al haber contraído matrimonio. Ahora bien, consta de los antecedentes tenidos a la vista, que el día 24 de septiembre de 1975, se produjo el deceso del causante, y que tal como se mencionó con anterioridad, a esa data la interesada estaba casada. En consecuencia, con el mérito de lo expuesto, procede concluir que a la peticionaria no le asiste el derecho a percibir la pensión que reclama, puesto que a la época de su delación no cumplía con los requisitos legales para acceder a esta. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 068290N13, de 22 de octubre de 2013.

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