Contraloría General de la República · N° 005289N20
Dictamen N° 5.289, de 27 de febrero de 2020
Texto del pronunciamiento
N° 5.289 Fecha: 27-II-2020 La Contraloría General ha dado curso a los instrumentos del rubro, que aprueban contratos de adscripción al servicio y otorgamiento de subsidio en perímetro de exclusión integrado de la ley N° 18.696 en la conurbación Iquique – Alto Hospicio, celebrados entre el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y las empresas que indican, sin embargo, cumple con hacer presente que las condiciones de operación que rigen el referido perímetro son las aprobadas por resolución exenta N° 1.848, de 2019, de la citada cartera ministerial. Asimismo, en cuanto a lo señalado en el punto 3.2. de las mencionadas condiciones de operación, que los operadores no podrán tener una flota inferior a la mínima, y que el incumplimiento de dicha exigencia se sanciona según el literal b) del punto 8.2 de las mismas. Enseguida, respecto de la eventual modificación de los factores que componen la metodología de reajustabilidad consignada en el numeral 3.7.2.1 de las aludidas condiciones de operación, cabe señalar que, en su caso, esta deberá ser sancionada por el respectivo acto administrativo suscrito por la autoridad competente. Además, en relación al resuelvo N° 2 de los decretos que se examinan, se debe precisar que atendido que los contratos entrarán en vigencia una vez totalmente tramitados tales decretos, la imputación del gasto corresponde a los respectivos años presupuestarios. Finalmente, y en lo relativo al decreto N° 104, de 2019, del epígrafe, el número de la póliza de la garantía de fiel cumplimiento corresponde al N° 159416 y el de la póliza de seguro de accidentes personales, al N° 7642784, y no aquellos que se indican en la cláusula séptima, numerales 1 y 2, respectivamente, del contrato que se aprueba. Saluda atentamente Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 005289N20, de 27 de febrero de 2020.
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