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Contraloría General de la República · N° 010954N17

Dictamen N° 10.954, de 30 de marzo de 2017

Texto del pronunciamiento

N° 10.954 Fecha: 30-III-2017 Esta Entidad de Control ha dado curso a los documentos del rubro, que establecen los Estatutos de los Centros de Formación Técnica de las regiones de Tarapacá, Coquimbo y Los Lagos, respectivamente, por encontrarse ajustados a derecho. Sin perjuicio de lo anterior, cumple con hacer presente que lo dispuesto en sus literales m) de sus artículos 8°, que otorgan al rector la facultad de “Suscribir y contratar directamente, con cargo al patrimonio del Centro de Formación Técnica y en conformidad con la ley, empréstitos y obligaciones financieras que, de acuerdo con el plan anual de endeudamiento que se establezcan anualmente, no requieran la autorización previa del Directorio; y, en los casos en que exista tal requisito, solicitar la aprobación u opinión respectiva y contratar aquellos que sean autorizados” no constituye una excepción a las normas de contratación pública contenidas en el artículo 9° de la ley N° 18.575 y en la ley N° 19.886, razón por la cual dichos establecimientos enseñanza deberán sujetarse a las mismas, en lo que corresponda. Con el alcance que antecede se ha tomado razón de los decretos con fuerza de ley del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 010954N17, de 30 de marzo de 2017.

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