Contraloría General de la República · N° 041502N14
Dictamen N° 41.502, de 10 de junio de 2014
Texto del pronunciamiento
N° 41.502 Fecha: 10-VI-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña María Martínez Martínez, funcionaria de la Municipalidad de Cerro Navia, reclamando en contra de dicho órgano comunal, por cuanto este no le habría enterado las cotizaciones previsionales en los períodos que indica. Sobre el particular, es preciso señalar que compete a la Superintendencia de Pensiones -como sucesora legal de la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones-, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 46 y 47, ambos de la ley N° 20.255, que Establece Reforma Previsional, y 3°, letras i) y j), del decreto con fuerza de ley N° 101, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, resolver la alegación planteada, acorde con lo manifestado por este Organismo de Control, entre otros, en los dictámenes N°s. 2.553 y 82.155, ambos de 2013. En razón de lo expuesto, dado que la materia de que se trata se encuentra en el ámbito de atribuciones de esa entidad, cumple con remitirle los antecedentes de la referencia para los fines pertinentes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14, inciso segundo, de la ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, sin perjuicio de las facultades conferidas a esta Contraloría General en el artículo 97 de la citada ley N° 20.255, en relación con el incumplimiento de la obligación de efectuar los aportes previsionales y las responsabilidades disciplinarias derivadas de dicha infracción. Transcríbase a la Municipalidad de Cerro Navia y a doña María Martínez Martínez. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 041502N14, de 10 de junio de 2014.
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