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Contraloría General de la República · N° E584265N24

Dictamen N° E584265, de 26 de diciembre de 2024

Sumario

La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba la renovación de un contrato de atención y pago presencial de beneficios de seguridad social, con alcances: la vigencia se cuenta desde el 2 de noviembre de 2024 y se corrige un error de remisión en su numeral 4.

Texto del pronunciamiento

N° E584265 Fecha: 26-XII-2024 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba la renovación del contrato para la prestación del servicio de atención y pago presencial de beneficios de seguridad social, pero cumple con hacer presente que se entiende que, por tratarse de una renovación, la duración de ese acuerdo de voluntades se contabiliza desde el día siguiente al del término de la vigencia del contrato renovado, esto es, desde el 2 de noviembre de 2024. Además, en lo meramente formal, se advierte un error en la remisión que se efectúa en el numeral 4 de la parte resolutiva del documento en estudio, toda vez que el monto de la aludida renovación está contenido en la cláusula cuarta y no en la octava, como allí se anota. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto de la suma. Saluda atentamente a Ud., Víctor Hugo Merino Rojas Contralor General de la República (S)

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° E584265N24, de 26 de diciembre de 2024.

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