Contraloría General de la República · N° 035164N13
Dictamen N° 35.164, de 5 de junio de 2013
Texto del pronunciamiento
N° 35.164 Fecha: 05-VI-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Patricio Lira Droguett, solicitando un pronunciamiento acerca de la situación que lo afecta, relacionada con una infracción de tránsito que le habría cursado el Tercer Juzgado de Policía Local de Las Condes, por haberse estacionado en un lugar destinado únicamente a residentes con tarjeta, según la señalización existente en el mismo. Al respecto, cumple con indicar que este Organismo de Control debe abstenerse de dar respuesta al requerimiento formulado, por cuanto en virtud de lo dispuesto en el artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336, no le corresponde informar ni intervenir en asuntos sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia, lo que ocurre en la situación planteada, de conformidad con los antecedentes tenidos a la vista. A mayor abundamiento, cabe hacer presente que esta Entidad Fiscalizadora solo emite informes a petición de los Jefes Superiores de Servicio y, excepcionalmente, a solicitud de funcionarios o de particulares, cuando se les ha denegado algún derecho que pretendan tener o se hubiere omitido o dilatado alguna resolución por parte de la autoridad administrativa, habiéndola requerido el interesado, circunstancias que no concurren en la especie. Sin perjuicio de lo anterior, se ha estimado pertinente señalar que esta Contraloría General, entre otros, a través de los dictámenes N°s. 33.684, de 2004; 37.155 y 51.113, ambos de 2010, se ha pronunciado acerca de las facultades con que cuentan las municipalidades en relación con el tránsito público, específicamente, aquellas establecidas para efectos de limitar el estacionamiento de vehículos, cuyas fotocopias se remiten en esta oportunidad. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 035164N13, de 5 de junio de 2013.
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