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Contraloría General de la República · N° 034200N11

Dictamen N° 34.200, de 27 de mayo de 2011

Texto del pronunciamiento

N° 34.200 Fecha: 27-V-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Carlos Alberto Prado Salazar, ex funcionario del Instituto de Neurocirugía, para solicitar la reapertura del proceso disciplinario instruido en su contra en dicha entidad, al término del cual se le aplicó la medida de destitución, mediante la resolución N° 6.438, de 2011, de ese origen. Sobre el particular, cumple, en primer término, con precisar que el procedimiento que culminó con la desvinculación del peticionario, fue ordenado a raíz de sus ausencias al cumplimiento de sus labores, sin que ellas fueran debidamente justificadas. Enseguida, cabe anotar que, de acuerdo a los registros de esta Entidad de Control, la citada resolución fue tomada razón con fecha 18 de enero de 2011. Ahora bien, como se advierte, la presentación de la especie dice relación con una pieza sumarial que se encuentra afinada, frente a lo cual la jurisprudencia administrativa de este Organismo, contenida en los dictámenes N os 2.098, de 2002 y 45.279, de 2009, entre otros, ha concluido que la medida disciplinaria impuesta a un servidor público no puede ser modificada una vez que el acto administrativo que la materializa ha cumplido el indicado trámite, a menos que, previa reapertura del correspondiente proceso sumarial, se acredite en forma inequívoca que al momento de emitirse se incurrió en un vicio de legalidad, o bien, que existen hechos nuevos, no conocidos en el proceso y cuya magnitud es tal que permiten alterar sustancialmente lo resuelto por la autoridad sancionadora. Luego, en cuanto a la petición de reapertura del sumario para determinar la influencia del estado psiquiátrico en el accionar del imputado, es menester considerar que de acuerdo a lo concluido en el dictamen N° 24.238, de 2010, de esta Entidad de Control, la facultad para ordenar esa medida se encuentra radicada en la autoridad que aplicó la sanción, por lo que tal solicitud debe ser dirigida al Director del mencionado Instituto. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 034200N11, de 27 de mayo de 2011.

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