Contraloría General de la República · N° 056921N15
Dictamen N° 56.921, de 17 de julio de 2015
Texto del pronunciamiento
N° 56.921 Fecha: 17-VII-2015 El señor Christian Ulloa González, exfuncionario de la Policía de Investigaciones de Chile, ha solicitado que este Organismo de Control disponga que se suspenda la tramitación de un sumario administrativo que se incoaría en aquella entidad, y continúe su sustanciación de manera directa, en atención a las supuestas irregularidades ocurridas en la realización de ese proceso. Al respecto, es preciso indicar, de acuerdo con lo establecido en los artículos 131 y 133 de la ley N° 10.336, que el Contralor General puede decretar, cuando lo estime necesario, la instrucción de sumarios en los servicios sujetos a su fiscalización. De esta manera, y como se concluyera en los dictámenes N os 38.502, de 2012 y 10.565, de 2015, de este origen, la facultad cuya ejecución se requiere se ejerce conforme a planes y programas previamente elaborados, que abarcan las materias más relevantes en un estricto orden de prioridades, sin que los elementos aportados ameriten adoptar tal decisión, de modo que no es factible acceder a la petición del señor Ulloa González. Lo anterior, es sin perjuicio de hacer presente que, en los antecedentes existentes en esta Contraloría General, aparece que la Jefatura Nacional de Delitos Contra la Familia, con fecha 16 de noviembre de 2011 -época en la cual el recurrente había dejado de pertenecer a la mencionada entidad policial-, dispuso la instrucción del proceso disciplinario a que se alude, con la finalidad de establecer la eventual responsabilidad administrativa que pudiere asistirle al personal de esa unidad en la tramitación de determinada documentación, el que no se encontraría afinado, por lo que esta Entidad Fiscalizadora tendrá oportunidad de referirse al mismo al realizar el examen previo de legalidad del respectivo acto terminal, de ser ello pertinente, de acuerdo con lo señalado en la resolución N° 1.600, de 2008, de esta procedencia. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 056921N15, de 17 de julio de 2015.
Más sobre Sumarios e Investigaciones Sumarias
-
La Contraloría concluye que, como excepción a la regla general de publicidad, los expedientes afinados por acoso laboral o sexual o violencia en el trabajo están reservados y no pueden entregarse a terceros, ni siquiera disociados, salvo autorización de los titulares de los datos.
-
La Contraloría concluye que, en los sumarios del artículo 72 letra b) de la ley N° 19.070, a los profesionales de la educación de un SLEP puede aplicárseles el término de la relación laboral o las medidas disciplinarias de su Reglamento Interno de Higiene y Seguridad (ley N° 16.744), y reconsidera dictámenes previos.
-
La Contraloría concluye que, aunque no puede intervenir en asuntos litigiosos, sí puede pronunciarse sobre la responsabilidad administrativa ya conocida por tribunales; corresponde al Servicio de Salud Concepción evaluar los antecedentes y disponer, si procede, los sumarios pertinentes.
Todos los pronunciamientos sobre Sumarios e Investigaciones Sumarias
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Responsabilidad Funcionaria y Probidad, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Responsabilidad Funcionaria y Probidad¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.