Contraloría General de la República · N° 010519N11
Dictamen N° 10.519, de 18 de febrero de 2011
Texto del pronunciamiento
N° 10.519 Fecha: 18-II-2011 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse una vez más de dar curso a la resolución N° 567, de 2010, de la Dirección de Salud de Carabineros, reingresada al trámite de toma de razón, que regulariza las bases de la licitación pública para el suministro e implementación de la plataforma tecnológica RIS-PACS para el Hospital de Carabineros de Chile, y aprueba el contrato respectivo suscrito con la empresa Tecnoimagen Limitada, por cuanto no se ha subsanado una de las observaciones formuladas por esta Contraloría General al acto representado, a través de su oficio N° 61.981, de 2010, reiterada por el oficio N° 3.869, de 2011. Al respecto, es necesario insistir en que resulta improcedente imputar la totalidad del gasto que irroga el contrato en examen al presupuesto del año 2009, toda vez que, de conformidad con el artículo 12 del decreto ley N° 1.263, de 1975, y en armonía con el criterio sustentado por la jurisprudencia de esta Contraloría General en los oficios N°s 53.113, de 2008 y 40.996, de 2009, entre otros, el ejercicio presupuestario tiene carácter anual y debe coincidir con el año calendario, no pudiendo efectuarse, por ende, a partir del 1 de enero de cada año, pago alguno con cargo a un presupuesto fenecido, sino al que esté vigente a la época del respectivo acto administrativo y de conformidad con las normas de ejecución contempladas en la pertinente ley del ramo, las que, por consiguiente, deben aplicarse en el ejercicio correspondiente. En mérito de lo anteriormente expuesto se vuelve a representar el acto administrativo señalado. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 010519N11, de 18 de febrero de 2011.
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