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Contraloría General de la República · N° 039526N15

Dictamen N° 39.526, de 15 de mayo de 2015

Texto del pronunciamiento

N° 39.526 Fecha: 15-V-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Milton Barriga Lobos, exfuncionario de Carabineros de Chile, para solicitar la reconsideración del dictamen N° 21.525, de 2015, de este origen. En primer lugar, en cuanto a su aseveración, en orden a que no habría requerido se dispusiera que esa institución policial incoara un sumario administrativo por el accidente que tuvo, se debe señalar, según se desprende del tenor de su presentación de fecha 12 de noviembre de 2014, atendida mediante ese pronunciamiento, que la aludida situación fue lo reclamado por él. Al respecto, es necesario recordar que, por medio del citado dictamen, se expresó, considerando el plazo de prescripción de cinco años establecido en el artículo 2.515 del Código Civil, que resultaba improcedente satisfacer la petición del señor Barriga Lobos, de decretar la instrucción de aquel proceso para determinar si las lesiones que indica, ocurrieron en actos del servicio, dado que el accidente se produjo el día 28 de febrero de 2004. Ahora, en lo que atañe al retardo en la tramitación de su pensión de retiro, es dable anotar que en ese pronunciamiento se reiteró lo manifestado en los dictámenes N os 19.229, de 2012; 12.351 y 28.110, ambos de 2013, de este origen, esto es, que ello se debió, según lo señalado por Carabineros de Chile, a la no entrega, por parte del interesado, de la documentación requerida y, además, a la falta de firma de la solicitud correspondiente, lo que una vez superado permitió concederle su jubilación. De esta manera, y en atención a que el peticionario no aporta antecedentes distintos a los analizados en el dictamen N° 21.525, de 2015, se rechaza su pretensión. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 039526N15, de 15 de mayo de 2015.

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