Contraloría General de la República · N° 024391N17
Dictamen N° 24.391, de 5 de julio de 2017
Texto del pronunciamiento
N° 24.391 Fecha: 05-VII-2017 Don Elías Rafael Arce Rivera, ex funcionario de Carabineros de Chile, contratado por resolución, reclama por el cobro que el hospital institucional le realiza por concepto de las atenciones médicas de urgencia que recibió en el mes de julio de 2012, toda vez que, en su opinión, tratándose de un accidente en actos del servicio, dicho cobro no se encontraría ajustado a derecho. Requerido, el referido establecimiento de salud informa que una vez realizada la respectiva investigación, se emitió la resolución exenta N° 75, de 18 de abril de 2017, del Departamento B.1 de la Subdirección de Bienestar de Carabineros, a través de la cual se determinó que la lesión sufrida por el interesado ocurrió en actos propios del servicio, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 34 y 63 de la ley N° 18.961, 46, letra s), y 89 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del Ministerio del Interior, y 32 de la Directiva del Personal Contratado por Resolución, asistiéndole, por tanto, el derecho a que todos los gastos de atención médica, hospitalaria, quirúrgica, dental, ortopédica y demás similares relativas a su tratamiento sean de cargo fiscal. Atendido lo expuesto, esta Entidad Fiscalizadora estima que la situación de que se trata se encuentra superada. Sin perjuicio de lo anterior, se hace presente a la aludida Subdirección de Bienestar que debe adoptar las medidas necesarias para que en sucesivas investigaciones de hechos como el consultado se observen los principios de eficiencia y eficacia previstos en los artículos 3° y 5° de la ley N° 18.575, y de celeridad, contenido en el artículo 7° de la ley N° 19.880, y así evitar que éstas se extiendan por tanto tiempo. Transcríbase al Hospital de Carabineros y a la Subdirección de Bienestar de la referida institución de orden y seguridad. Saluda atentamente a Ud., Osvaldo Vargas Zincke Contralor General Subrogante
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 024391N17, de 5 de julio de 2017.
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