Contraloría General de la República · N° 012720N10
Dictamen N° 12.720, de 9 de marzo de 2010
Texto del pronunciamiento
N° 12.720 Fecha: 09-III-2010 Esta Contraloría General ha debido representar la resolución N° 2387, de 2009, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de marina, que autoriza la incorporación de especies que indica, en el sector N° I de la concesión de acuicultura otorgada a la empresa que individualiza, por cuanto no se ajusta a derecho. En efecto, se debe hacer presente que por decreto N° 852, de 1992, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina, se otorgó concesión de acuicultura sobre porción de agua y fondo de mar, compuesto por los sectores N°s I y II y, conforme a la resolución en análisis, la modificación que introduce está referida únicamente al sector N° I de la concesión. De acuerdo a lo anterior, cabe observar que las modificaciones contenidas en las resoluciones N°s 1.535, de 1994 y 1.702, de 2004, ambas de esa misma Cartera, que se citan en el N° 1 del Visto y Teniendo Presente y en el N° 1 de lo resolutivo, recayeron en el sector N° II, no son atingentes a la medida en estudio. A su vez, procede manifestar que las resoluciones precedentemente individualizadas estaban relacionadas con las resoluciones exentas N°s 572, de 1993 y 1.981 de 2004, ambas del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Subsecretaría de Pesca, que autorizaron la incorporación de la especie salmón coho y la incorporación del grupo de especies salmónidos, respectivamente, en el sector N° II, por lo que no deben citarse como parte del proyecto técnico y cronograma de actividades del sector N° I de la concesión de la especie, como erróneamente se indica en el N° 2 de lo resolutivo del acto en examen. Según lo expuesto, y al tenor de los antecedentes adjuntos, los actos referidos al proyecto técnico y cronograma de actividades del sector N° I, corresponderían sólo a las resoluciones exentas N° 3163, de 2005 (proyecto FIP de regularización cartográfica contenido en la resolución N° 881, de 2009, aludida en el documento de la suma) y N° 2.248, de 2006, ambas del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Subsecretaría de Pesca. Por las consideraciones expuestas, se devuelve sin tramitar el instrumento estudiado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 012720N10, de 9 de marzo de 2010.
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