Contraloría General de la República · N° 098467N15
Dictamen N° 98.467, de 15 de diciembre de 2015
Texto del pronunciamiento
N° 98.467 Fecha: 15-XII-2015 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución singularizada en el epígrafe, que aprueba el contrato para la prestación del servicio de telefonía con la empresa Telefónica Empresas Chile S.A., por cuanto no se ajusta a derecho. En efecto, los valores anotados en la columna “Valor total 36 meses IVA incluido”, de la tabla contenida en la cláusula sexta del acuerdo de voluntades, no se corresponden con las cifras que resultan de multiplicar los precios de la columna “Valor mensual IVA incluido” por el factor 36. Además, el monto de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, que se menciona en su cláusula novena, contiene un error en su anotación. En otro orden de consideraciones, cabe advertir que esa entidad hospitalaria deberá arbitrar las medidas necesarias para que, en lo sucesivo, los actos administrativos que aprueben una contratación como la del caso, sean dictados dentro de un plazo razonable, y no como ocurre en la especie. En mérito de lo expuesto, se representa el acto administrativo del rubro. Saluda atentamente a Ud., Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 098467N15, de 15 de diciembre de 2015.
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