Contraloría General de la República · N° 009760N16
Dictamen N° 9.760, de 8 de febrero de 2016
Texto del pronunciamiento
N° 9.760 Fecha: 08-II-2016 Esta Contraloría General se ha abstenido de dar curso a la resolución del epígrafe, que concede una pensión de retiro al señor Juan Carlos Manríquez Sepúlveda, exsubdirector de Gendarmería de Chile, considerando 28 años, 3 meses y 28 días en el régimen de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile. Lo anterior, toda vez que esta Entidad de Control, mediante el dictamen N° 33.216, de 1999, concluyó que al señor Manríquez Sepúlveda le correspondía mantener su afiliación al sistema de capitalización individual, tal como optó, formalmente y en su oportunidad, en conformidad con el artículo 5° transitorio de la ley N° 19.195. En este punto, cabe hacer presente que la conclusión señalada no se altera por el hecho de haberse tomado razón de la resolución N° 849, de 2015, de Gendarmería de Chile, que reconoció 24 años y 28 días de cotizaciones enteradas por el interesado en una administradora de fondos de pensiones en el aludido régimen institucional, toda vez que dicho trámite solo otorga una mera presunción de legalidad a aquella, y no impide que se modifique si con posterioridad se comprueba que la misma fue emitida con infracción a la ley o fundada en antecedentes no ponderados correctamente en su oportunidad o en supuestos irregulares, como sucede en la especie, casos en los cuales corresponde que la superioridad que la dictó, la deje sin efecto, según lo manifestado por el dictamen N° 88.538, de 2015, de este origen. En virtud de lo anterior, se representa el mencionado acto administrativo, devolviéndose este y sus antecedentes. Transcríbase a Gendarmería de Chile y al Área de Beneficios Previsionales y Remuneratorios de la División de Personal de la Administración del Estado, de esta Contraloría General. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General Osvaldo Vargas Zincke Subcontralor General de la República Subrogante
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 009760N16, de 8 de febrero de 2016.
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