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Contraloría General de la República · N° E51399N25

Dictamen N° E51399, de 31 de marzo de 2025

Sumario

La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba las bases de licitación para equipos computacionales, con alcances: la caución de seriedad se rige por el artículo 52 del decreto N° 661, de 2024, y la apertura de ofertas debe ser el mismo día del cierre.

Texto del pronunciamiento

N° E51399 Fecha: 31-03-2025 Esta Contraloría General ha tomado razón del acto administrativo de la suma, que aprueba las bases administrativas, técnicas y anexos de licitación pública para la adquisición de equipos computacionales, pero cumple con hacer presente que se entiende que la caución de seriedad de la oferta fijada en el porcentaje consignado en el denominado anexo “cronograma”, se ha establecido de conformidad con lo dispuesto en al artículo 52 del citado decreto N° 661, de 2024, y no en el decreto N° 95, de 2006, del Ministerio de Hacienda, que sí justifica que el monto de la garantía de fiel cumplimiento se eleve al 10% del monto total del contrato (aplica el criterio contenido en oficio N° E45559, de 2025). Además, cabe indicar que la apertura de las ofertas se efectuará siempre el mismo día del cierre de presentación de estas, lo que no se señala en esos términos en el N° 7 del aludido anexo (aplica el oficio N° E554953, de 2024). Con los alcances que anteceden, se ha cursado la resolución del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Por orden de la Contralora General de la República María Soledad Frindt Rada Subcontralora General (S)

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° E51399N25, de 31 de marzo de 2025.

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