Contraloría General de la República · N° 072929N16
Dictamen N° 72.929, de 4 de octubre de 2016
Texto del pronunciamiento
N° 72.929 Fecha: 04-X-2016 La Subsecretaría para las Fuerzas Armadas ha solicitado a esta Contraloría General un pronunciamiento acerca de la pertinencia de suspender el pago de la asignación de responsabilidad superior, prevista en el artículo 8° del decreto ley N° 1.770, de 1977, en cumplimiento de una orden emanada de esta Entidad de Control, mientras se encontraba pendiente un reestudio de la jurisprudencia aplicable a la materia. Al respecto, señala que ha recibido las presentaciones de la señora Marianela Martínez San Juan, y de los señores Christian Elgueta Valenzuela y Claudio Arancibia Henn, quienes reclaman el pago del citado estipendio por el lapso indicado. Sobre el particular, cabe recordar que a través del dictamen N° 18.673, de 2016, esta Institución Fiscalizadora señaló que los funcionarios traspasados a la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, que conservan el régimen remuneratorio del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, tienen derecho a percibir la asignación de responsabilidad superior establecida en el artículo 8° del decreto ley N° 1.770, de 1977, por lo que ordenó enterarles dicho beneficio a los indicados servidores. Sin embargo, con ocasión de un nuevo estudio de la materia planteada, mediante el dictamen N° 37.705, de este año y origen, se concluyó, por los argumentos que allí se exponen, que el precepto que contenía la citada asignación se encuentra suprimido desde el 9 de febrero de 1979, fecha de publicación del decreto ley N° 2.546, de 1979, razón por la cual se reconsideró lo manifestado en el referido dictamen N° 18.673, de 2016. En este contexto, considerando que el beneficio en comento fue derogado en el año 1979, se ajustó a derecho que esa subsecretaría no lo pagara a los recurrentes, a la espera de un reestudio de las conclusiones alcanzadas en el citado dictamen N° 18.673, de 2016, por cuanto aquella entidad debe sujetar su actuar al principio de legalidad del gasto público consagrado en los artículos 6°, 7° y 100 de la Constitución Política, 2° y 5° de la ley N° 18.575, y 56 de la ley N° 10.336, y en el decreto ley N° 1.263, de 1975, que dispone que los servicios públicos solo pueden efectuar los desembolsos que estén autorizados por la ley, según se ha señalado en el dictamen N° 38.601, de 2016, de este origen. Transcríbase a la Unidad de Estudios Remuneratorios de la División de Personal de la Administración del Estado de esta Institución Fiscalizadora, a la señora Marianela Martínez San Juan, y a los señores Christian Elgueta Valenzuela y Claudio Arancibia Henn. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General Víctor Hugo Merino Rojas Jefe División de Personal de la Administración del Estado
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 072929N16, de 4 de octubre de 2016.
Artículos que cita
Más sobre Asignaciones y Sobresueldos
-
La incompatibilidad de percibir beneficios por un mismo concepto rige aunque cambie su fuente de financiamiento, y la asignación convencional de zona se mantiene vía planilla complementaria mientras no se renuncie a ella.
-
La Contraloría concluye que es válido que el Servicio de Salud Ñuble fije distintos porcentajes de la asignación de estímulo por competencias profesionales según la carga horaria del cargo, pues esta es un factor objetivo del puesto de trabajo. Desestima la reconsideración y confirma los oficios recurridos.
-
La Contraloría concluye que la funcionaria debe devolver solo la asignación de septiembre a diciembre de 2023, con reajustes y multa no condonable, y nada por 2024, pues la inhabilidad no se aplica retroactivamente.
Todos los pronunciamientos sobre Asignaciones y Sobresueldos
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Remuneraciones y Derechos Funcionarios, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Remuneraciones y Derechos Funcionarios¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.