Contraloría General de la República · N° 020644N11
Dictamen N° 20.644, de 5 de abril de 2011
Texto del pronunciamiento
N° 20.644 Fecha: 5-IV-2011 Se han dirigido a esta Entidad de Control el Presidente del Senado a nombre del Senador don Jaime Quintana Leal, y el diputado don Mario Venegas Cárdenas, para solicitar un dictamen sobre la legalidad del procedimiento de evaluación ambiental, seguido ante la Comisión de Evaluación de Proyectos de la Región de la Araucanía, del “Proyecto Central Hidroeléctrica Río Picoiquén”, presentado por Hidroangol S.A. Requerido su parecer, el Servicio de Evaluación Ambiental de esa región, señaló que en esta materia se interpuso un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Temuco, cuyo número de rol es el 44-2011, el cual, conforme a los antecedentes examinados, se encuentra con apelación pendiente en la Corte Suprema. Finalmente, cabe mencionar que, de acuerdo a la sentencia de la referida Corte de Apelaciones, dictada el 14 de marzo de 2011, el acto impugnado es el “informe consolidado de evaluación de impacto ambiental” del referido proyecto, que es un documento que forma parte de la evaluación ambiental y que se elabora antes de la resolución que lo aprueba o rechaza. Atendido lo expuesto, este Organismo Fiscalizador debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado, por cuanto en virtud de lo previsto en el artículo 6°, inciso tercero, de su Ley Orgánica N° 10.336, no le corresponde informar ni intervenir en asuntos sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia, lo que ocurre en la situación planteada en la especie. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 020644N11, de 5 de abril de 2011.
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