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Contraloría General de la República · N° 004897N20

Dictamen N° 4.897, de 20 de febrero de 2020

Texto del pronunciamiento

N° 4.897 Fecha: 20-II-2020 Esta Contraloría General ha dado curso al documento de la suma, que otorga la concesión marítima mayor que singulariza, en el lugar denominado Punta Calderillo, comuna de Caldera, provincia de Copiapó, región de Atacama, por encontrarse ajustado a derecho. No obstante, cabe manifestar que según lo indicado en el plano N° 447-19-S, adjunto; en el desglose de sectores dentro del formulario de solicitud de concesión marítima presentado por la peticionaria y en los N os 5 y 11, de la parte dispositiva del acto administrativo en estudio, el objeto de la misma contempla la instalación, entre otros, de ocho boyarines de señalización y no doce como erróneamente se expresa en el N°6 de dicho acápite. Luego, cumple con hacer presente que el Sistema de Gestión de Seguridad y Riesgos y el Manual de Seguridad, se encuentran regulados en el decreto N° 160, de 2008, del ex Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, modificado por el decreto N° 101, de 2013, del Ministerio de Energía -que aprueba el Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos-, y que el Reglamento de Seguridad para las Instalaciones de Almacenamiento, Transporte y Distribución de Gas Licuado de Petróleo (GLP) y Operaciones asociadas, fue aprobado por el decreto N° 108, de 2013, del Ministerio de Energía, lo que se ha omitido consignar en el N° 8, letras q) y r), respectivamente, de lo resolutivo del instrumento en análisis. Finalmente, es útil anotar que los artículos que se citan en el referido N° 8, letra s), corresponden al decreto N° 1, de 1992, del Ministerio de Defensa Nacional, que aprueba el Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática, publicado en el diario oficial que allí se indica, aspecto que no se ha precisado en ese párrafo. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo del epígrafe. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Luis Alberto Almonacid Yáñez Subjefe Subrogante División Jurídica

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 004897N20, de 20 de febrero de 2020.

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