Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 032016N15

Dictamen N° 32.016, de 23 de abril de 2015

Texto del pronunciamiento

N° 32.016 Fecha: 23-IV-2015 Esta Entidad de Control ha dado curso a la resolución del epígrafe, mediante la cual se aprueban bases y anexos para la contratación del servicio de seguridad y vigilancia, por encontrarse ajustada a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que dentro de la etapa de aclaración de las bases, la entidad licitante deberá precisar, a través del Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, lo siguiente: 1. Si el plazo para la suscripción del contrato es el establecido en el cronograma de actividades incorporado en el N° 1.9 de las bases del certamen, o el previsto en el N° 6.1 de las mismas. 2. Que en atención a lo dispuesto en el artículo 43 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, la devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo señalado en el primer párrafo del apartado “Procedimiento de devolución de garantía de seriedad de la oferta”, incluido en el N° 2 del pliego de condiciones, y no en el indicado en el párrafo segundo de ese mismo N° 2. 3. Que considerando el primer y tercer parámetro del subcriterio “Cantidad Trabajadores Propuestos por el Oferente (25%)”, regulado en el N° 5.3.2.1, el segundo de aquellos es “Menor o igual a 31 y superior a 29”, y no lo que allí se prevé. 4. Que de conformidad con lo prescrito en la parte final del inciso primero del artículo 4° de la ley N° 19.886, modificado por el artículo 401 de la ley N° 20.720, no podrán participar en este proceso los oferentes que dentro de los dos años anteriores a la formulación de la propuesta hayan sido condenados por delitos concursales establecidos en el Código Penal, lo que se ha omitido anotar en el N° 1.4.1 del pliego en análisis. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo del rubro. Saluda atentamente a Ud., Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 032016N15, de 23 de abril de 2015.

Artículos que cita

Más sobre Licitación Pública y Bases

  • 30 de octubre de 2026

    Dictamen N° OF206350

    La Contraloría rechaza la reconsideración y mantiene que la Universidad de Chile debe invalidar la adjudicación, pues la oferta de Hoppmann sí incluía el anexo técnico y su inadmisibilidad se basó en un error. Las compensaciones por perjuicios corresponden a los tribunales.

  • 30 de octubre de 2026

    Dictamen N° OF206616

    La Contraloría concluye que la PDI no ejerció arbitrariamente su facultad de fijar especificaciones técnicas en las bases, pues incluyó rangos de aceptación y fundamentó sus exigencias, por lo que desestima el reclamo; solo recomienda detallar en lo sucesivo las razones de exigencias muy específicas.

  • 30 de octubre de 2026

    Dictamen N° D451

    La Contraloría concluye que, como excepción a la regla general, en la contratación de apertura y mantención de cuentas corrientes el municipio debe estimar fundadamente el monto considerando los recursos que se manejarán en la cuenta, para fijar garantías, multas y límites contractuales.

Todos los pronunciamientos sobre Licitación Pública y Bases

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Compras Públicas (Ley 19.886), y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Compras Públicas (Ley 19.886)

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium