Contraloría General de la República · N° 064529N15
Dictamen N° 64.529, de 13 de agosto de 2015
Texto del pronunciamiento
N° 64.529 Fecha: 13-VIII-2015 Don Rafael Durán Castillo consulta qué leyes vigentes permiten a las autoridades de Estado que señala certificar actuaciones de años anteriores, a los notarios públicos a autentificar lo que indica y a las facultades de derecho de las universidades para tomar exámenes de grado. Al respecto, es necesario advertir que acorde con las instrucciones contenidas en su oficio N° 24.143, de 2015, esta Entidad Fiscalizadora emite informes a petición de particulares o funcionarios públicos en la medida que el correspondiente ‘interesado’ exponga un asunto que se refiera a derechos o intereses específicos, individuales o colectivos, circunstancia que no consta en la especie por cuanto el peticionario sólo plantea inquietudes de carácter general (aplica criterio contenido en el dictamen N° 38.915, de 2015, de este origen). De tal manera, este Organismo Fiscalizador debe abstenerse, en esta oportunidad, de emitir el pronunciamiento solicitado. Sin perjuicio de lo anterior, y conforme lo indica el punto III del anotado oficio N° 24.143, cumple con señalar al recurrente que, en lo sucesivo, las ‘nuevas presentaciones’ que formule sobre las mismas materias, que no aporten nuevos elementos de juicio ni se ajusten a las mencionadas instrucciones, serán archivadas sin más trámite. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Julio Pallavicini Magnere Jefe de la División Jurídica
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 064529N15, de 13 de agosto de 2015.
Más sobre Competencia, Abstención y Asuntos Judiciales
-
La Contraloría concluye que no le corresponde pronunciarse sobre la urgencia otorgada por el expresidente Boric a un proyecto de reforma constitucional, porque esa actuación incide en sus atribuciones colegislativas, materia ajena a su competencia.
-
La Contraloría rechaza reconsiderar su criterio: el reclamo del artículo 160 de la ley N° 18.834 solo procede una vez afinado el procedimiento disciplinario, sin excepción por la gravedad de los vicios alegados, y la incompetencia de quien ordenó el sumario no lo invalida si lo afina la autoridad competente.
-
La Contraloría concluye que no puede fiscalizar al SERVEL ni pronunciarse sobre la legalidad de la notificación de vocales de mesa, porque ese servicio no está sujeto a su control, salvo en el examen de sus cuentas; solo remite los antecedentes al SERVEL.
Todos los pronunciamientos sobre Competencia, Abstención y Asuntos Judiciales
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Control de la Contraloría, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Control de la Contraloría¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.