Contraloría General de la República · N° 003555N10
Dictamen N° 3.555, de 20 de enero de 2010
Texto del pronunciamiento
N° 3.555 Fecha: 20-I-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Teresa Sáez Leyton, funcionaria de la Municipalidad de Peñaflor, solicitando se determine cuál sería el plazo para investigar la existencia de eventuales responsabilidades administrativas, en los hechos a que se refiere el dictamen N° 36.274, de 2009, de esta Entidad de Control, mediante el cual se atendió una anterior presentación suya. Sobre la materia, cabe informar que la acción disciplinaria de la municipalidad contra el personal afecto a la ley N° 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, según lo establecido en el artículo 154 de ese texto legal, prescribe en cuatro años contados desde el día en que el funcionario hubiere incurrido en la acción u omisión que le da origen. En cambio, tratándose de servidores municipales regidos por el Código del Trabajo y por la ley N° 19.070, Estatuto de los Profesionales de la Educación, la jurisprudencia de este Organismo Contralor mediante los dictámenes N° s 29.052, de 2002, y 49.575, de 2008 respectivamente, ha concluido que la acción en comento prescribe en el plazo de 5 años para ambos estamentos, contados de la manera indicada, en virtud de lo preceptuado en el artículo 2.515 del Código Civil. Por orden del Contralor General de la República Sonia Doren Lois Subcontralor General
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 003555N10, de 20 de enero de 2010.
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