Contraloría General de la República · N° 022400N17
Dictamen N° 22.400, de 19 de junio de 2017
Texto del pronunciamiento
N° 22.400 Fecha: 19-VI-2017 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Manuel Catalán Reyes, a nombre de la Sociedad Civil Chilena Organizada, solicitando un pronunciamiento acerca de la acreditación a que aluden los artículos 4° y 24 de la ley N° 19.966, que Establece un Régimen de Garantías en Salud, específicamente en lo referente al plazo dentro del cual es exigible esa acreditación como requisito para el otorgamiento de las prestaciones que indica por parte de ciertos prestadores institucionales, aspecto regulado en el artículo 14 del decreto N° 3, de 2016, del Ministerio de Salud, que Aprueba Garantías Explícitas en Salud del Régimen General de Garantías en Salud. Al respecto, es necesario advertir que de acuerdo con las instrucciones contenidas en el oficio N° 24.143, de 2015, esta Contraloría General emite informes a solicitud de particulares o funcionarios públicos en la medida que éstos expongan un asunto que se refiera a derechos o intereses específicos, individuales o colectivos, circunstancia que no consta en la especie, por cuanto el peticionario solamente plantea inquietudes de carácter general, en que no se especifica cómo la situación expuesta le afecta, ni los antecedentes de hecho vinculados a la misma, por lo que, en esta oportunidad, esta Entidad de Control debe abstenerse de emitir el pronunciamiento requerido (aplica criterio contenido en el dictamen N° 3.252, de 2016). Sin perjuicio de lo anterior, cumple con remitir, para su conocimiento, fotocopia del informe emitido sobre la materia por la Superintendencia de Salud, entidad competente respecto de la misma, en conformidad con el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Graciela Lepe Uribe Jefe División Jurídica Subrogante
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 022400N17, de 19 de junio de 2017.
Artículos que cita
Más sobre FONASA, CENABAST y Prestaciones de Salud
-
La Contraloría toma razón de la resolución del Fondo Nacional de Salud que aprueba el segundo aumento de un contrato de prestaciones de salud, con alcances: solo se pagará por prestaciones efectivamente otorgadas, sin superar el monto máximo de la contratación, y deberá mejorar sus estimaciones técnicas y respetar la sujeción a las bases e igualdad de trato.
-
La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el contrato entre FONASA y Clínica Oriente, con alcances: el pago se cuenta desde la recepción de la factura, no desde su aceptación, y los pagos con cargo a presupuestos futuros requieren disponibilidad presupuestaria.
-
La Contraloría concluye que la Subsecretaría de Redes Asistenciales no pudo anticipar por oficio la incorporación del esquema tenofovir/emtricitabina/bictegravir, pues las garantías GES deben aprobarse por el acto administrativo y procedimiento legal correspondiente; no obstante, la situación quedó superada con los decretos N°s. 29 y 57, de 2025, que lo garantizan expresamente.
Todos los pronunciamientos sobre FONASA, CENABAST y Prestaciones de Salud
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre salud, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre salud¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.