Contraloría General de la República · N° 055851N16
Dictamen N° 55.851, de 28 de julio de 2016
Texto del pronunciamiento
N° 55.851 Fecha: 28-VII-2016 Doña María del Carmen Martin Vallejos, propietaria -según indica- del taxi básico placa patente CXVK 95, expone que como no se presentó al proceso de postulación para el perímetro de exclusión que señala, convocado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, realizó una solicitud a la Secretaría Regional Ministerial Metropolitana de Transportes y Telecomunicaciones (SEREMITT), a fin de que se le autorizara continuar operando con ese automóvil o permitiera “su renovación por un vehículo nuevo”. Añade que en respuesta a su requerimiento, la SEREMITT le manifestó que no era posible acceder a su petición, y que las únicas alternativas serían que el citado móvil siga prestando el servicio de taxi fuera del área geográfica comprendida en el mencionado perímetro, o bien, efectúe la “renovación de material”. Por último, expresa que el aludido vehículo cumple con todos los requisitos que se exigieron con ocasión del reseñado proceso. Sobre el particular, cabe manifestar que acorde a lo indicado en el oficio circular N° 24.143, de 2015, de este origen -que imparte instrucciones para la atención de solicitudes de pronunciamiento jurídico-, las consultas que se realicen a esta entidad fiscalizadora deben señalar las peticiones concretas que se formulan, de manera clara y precisa. En ese contexto, y dado que tales condiciones no concurren en la presentación que se atiende, este órgano de control ha debido abstenerse de emitir un pronunciamiento a su respecto. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 055851N16, de 28 de julio de 2016.
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