Contraloría General de la República · N° 037545N17
Dictamen N° 37.545, de 23 de octubre de 2017
Texto del pronunciamiento
N° 37.545 Fecha: 23-X-2017 Esta Contraloría General ha dado curso al acto del epígrafe, mediante el cual se aprueba el contrato celebrado con la empresa Carlos Nazar Representaciones S.A., para el suministro de puentes modulares y nariz de lanzamiento que indica, por cuanto se ajusta a derecho. Sin perjuicio de lo anterior, se advierte que si bien a la fecha de su emisión la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, a que alude la cláusula séptima del mismo, cubría completamente el plazo de entrega ofertado más 150 días según lo exigía la letra D) del pliego de condiciones, en la actualidad ello no sucede, atendido el tiempo transcurrido entre esa data y la época en que entrará en vigencia el convenio que se aprueba, determinada en su cláusula novena -demora que no es imputable al proveedor-, por lo que esa superioridad deberá velar para que dicha caución sea renovada por el contratista antes de su vencimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda (aplica criterio contenido en el dictamen N° 32.012, de 2017). Asimismo, cabe hacer presente que, de conformidad a lo previsto tanto en la letra F) del N° I de las bases técnicas que regularon el proceso licitatorio en examen, así como de lo indicado por el proponente en su oferta económica, contenida en el anexo N° 6, el precio del contrato en estudio detallado en su cláusula tercera, es exento de IVA. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de la resolución del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 037545N17, de 23 de octubre de 2017.
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