Contraloría General de la República · N° 068570N10
Dictamen N° 68.570, de 16 de noviembre de 2010
Texto del pronunciamiento
N° 68.570 Fecha: 16-XI-2010 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 600, de 2010, del Fondo Nacional de Salud, mediante la cual se aprueba el contrato de prestación de servicios de salud de "Día cama hospitalización integral", suscrito entre el Fondo Nacional de Salud y la Corporación de Beneficencia Osorno, por cuanto no se ajusta a derecho. En efecto, el plazo de validez de la boleta de garantía -21 de mayo de 2012- es inferior al término contemplado en el punto 7.2 de las respectivas bases administrativas, aprobadas por la resolución N° 273, de 2010, del Fondo Nacional de Salud, que exigen sobre Ia materia un vencimiento al vigésimo cuarto mes, más 90 días, contados desde el inicio de la vigencia del contrato. Asimismo, cumple con hacer presente que la vigencia del contrato debe comenzar desde la fecha de total tramitación de la resolución que lo aprueba y no a partir de la fecha de adjudicación, como en él se indica, no obstante el inicio de las prestaciones por razones de buen servicio, como se precisa en el numeral 2 de la resolución en examen. En mérito de lo expuesto se representa el acto administrativo. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 068570N10, de 16 de noviembre de 2010.
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