Contraloría General de la República · N° 026505N17
Dictamen N° 26.505, de 19 de julio de 2017
Texto del pronunciamiento
N° 26.505 Fecha: 19-VII-2017 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Humberto Bozzo Dumont, reclamando respecto de lo obrado por la Dirección General de Aguas, la que, en el marco de la denuncia formulada en su contra por la construcción de obras sin previa autorización que alteraban el régimen de escurrimiento del cauce que indica, le aplicó -a través de su resolución exenta N° 1.773, de 2016- una multa por no haber dado cumplimiento al apercibimiento impartido por su oficina regional de Valparaíso, en orden a restituir la quebrada natural al estado anterior a su intervención. Expone el interesado, en lo que atañe, que con fecha 15 de julio de 2016, solicitó la invalidación de la referida resolución exenta N° 1.773, deduciendo, además, y en subsidio de tal petición, el recurso de reconsideración previsto en el artículo 136 del Código de Aguas, sin que tales reclamaciones, a la fecha, hubieren sido resueltas por la singularizada dirección. Sobre el particular, es preciso consignar que de acuerdo con lo expresado por el recurrente y los antecedentes tenidos a la vista, se advierte que se encontraría pendiente la decisión de los mencionados requerimientos, razón por la cual, en armonía con el criterio contenido, entre otros, en los dictámenes N os 16.584 y 39.688, ambos de 2016, de este origen, no resultaría procedente, por ahora, que este organismo fiscalizador emita un pronunciamiento sobre la materia planteada. Cabe consignar, asimismo, que lo anterior no obsta a las facultades fiscalizadoras que competen a esta entidad contralora respecto de la legalidad de las decisiones que adopte la autoridad administrativa, las que, sin embargo, corresponde que sean ejercidas una vez agotada la antedicha instancia. Con todo, y habida cuenta del tiempo transcurrido desde la interposición de los mencionados reclamos, cumple con requerir a esa dirección para que, en el caso que sea procedente, adopte a la brevedad las medidas que sean necesarias a fin de resolverlos, informando de ello a la Coordinación Nacional de Seguimiento y Apoyo al Cumplimiento de la División de Auditoría de este organismo contralor, dentro del plazo de 10 días contado desde la fecha de recepción del presente oficio. Transcríbase al interesado. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Osvaldo Vargas Zincke Jefe División de Infraestructura y Regulación
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 026505N17, de 19 de julio de 2017.
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