Contraloría General de la República · N° E107421N25
Dictamen N° E107421, de 27 de junio de 2025
Sumario
La Contraloría toma razón del documento que modifica las bases administrativas tipo, con el alcance de que la entidad licitante precise, en cada llamado, que el contrato terminará anticipadamente en los casos de la ley N° 21.595 y de inhabilitación para contratar con el Estado.
Texto del pronunciamiento
N° E107421 Fecha: 27-06-2025 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que modifica la resolución N° 278, de 2013, que aprueba bases administrativas tipo para la adquisición de productos requeridos en los programas que indica, no obstante, es necesario que, en la atapa de aclaraciones de cada llamado, esa entidad licitante precise, en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, que corresponderá poner término anticipado al contrato, en el evento de producirse la situación prevista en el inciso segundo del artículo 33 de la ley N° 21.595, de Delitos Económicos, así como en el caso que al proveedor se le imponga la pena de inhabilitación para contratar con el Estado, prevista en los artículos 8° y 10 de la ley N° 20.393 (aplica el criterio contenido en oficio N° 1.631, de 2019). Con el alcance que antecede, se ha tomado razón del acto administrativo individualizado en el epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Víctor Hugo Merino Rojas Contralor General de la República (S)
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E107421N25, de 27 de junio de 2025.
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