Contraloría General de la República · N° E382444N23
Dictamen N° E382444, de 18 de agosto de 2023
Sumario
La Contraloría concluye que no le corresponde pronunciarse sobre propuestas o proyectos de actos administrativos, sino solo sobre decretos o resoluciones ya dictados mediante la toma de razón, por lo que se abstiene de emitir el pronunciamiento solicitado.
Texto del pronunciamiento
Nº E382444 Fecha: 18-VIII-2023 Se han dirigido a la Contraloría General las senadoras señoras Alejandra Sepúlveda Órdenes y Ximena Rincón González, y el senador señor Gastón Saavedra Chandía, solicitando un pronunciamiento acerca de una propuesta para modificar los artículos 166 y 167 del decreto N° 125, de 2017, del Ministerio de Energía -que aprueba reglamento de la coordinación y operación del Sistema Eléctrico Nacional-, que habría sido formulada por un conjunto de empresas generadoras renovables no convencionales a la mencionada cartera de Estado, el día 3 de febrero de 2023. Al respecto, es necesario anotar que no corresponde al ámbito de atribuciones de este organismo de control emitir pronunciamientos sobre propuestas o proyectos de actos administrativos, toda vez que, en tal orden de materias, lo que compete a esta entidad fiscalizadora es, a través de la toma de razón, definir de manera preventiva si un decreto o resolución efectivamente dictado por la autoridad administrativa, se ajusta al ordenamiento jurídico. En mérito de lo expuesto, la Contraloría General ha debido abstenerse de emitir el pronunciamiento requerido. Sin perjuicio de lo anterior, se ha estimado del caso remitir copia de la aludida presentación a la Subsecretaría de Energía, para conocimiento y fines que estime pertinentes. Saluda atentamente a Ud. JORGE BERMÚDEZ SOTO Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E382444N23, de 18 de agosto de 2023.
Más sobre Competencia, Abstención y Asuntos Judiciales
-
La Contraloría concluye que no le corresponde pronunciarse sobre la urgencia otorgada por el expresidente Boric a un proyecto de reforma constitucional, porque esa actuación incide en sus atribuciones colegislativas, materia ajena a su competencia.
-
La Contraloría rechaza reconsiderar su criterio: el reclamo del artículo 160 de la ley N° 18.834 solo procede una vez afinado el procedimiento disciplinario, sin excepción por la gravedad de los vicios alegados, y la incompetencia de quien ordenó el sumario no lo invalida si lo afina la autoridad competente.
-
La Contraloría concluye que no puede fiscalizar al SERVEL ni pronunciarse sobre la legalidad de la notificación de vocales de mesa, porque ese servicio no está sujeto a su control, salvo en el examen de sus cuentas; solo remite los antecedentes al SERVEL.
Todos los pronunciamientos sobre Competencia, Abstención y Asuntos Judiciales
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Control de la Contraloría, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Control de la Contraloría¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.