Contraloría General de la República · N° 035291N17
Dictamen N° 35.291, de 2 de octubre de 2017
Texto del pronunciamiento
N° 35.291 Fecha: 02-X-2017 Esta Contraloría General ha dado curso al documento de la suma, que otorga primera renovación con modificación de concesión marítima menor, sobre un sector de porción de agua, en el lugar denominado Canal Legreze, Bahía de Melinka, comuna de Guaitecas, provincia de Aysén, región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, por encontrarse ajustado a derecho. No obstante, de acuerdo con los antecedentes adjuntos la referida renovación comprende además la modificación de la aludida concesión, lo que se ha omitido precisar en el N° 1 de la parte dispositiva del instrumento en estudio. Luego, cumple con hacer presente que atendido que la referida concesión marítima sólo comprende porción de agua, no procede el cobro y pago del impuesto territorial establecido en el artículo 27 de la ley N° 17.235. Por consiguiente, no corresponde a su titular el pago de contribuciones y en consecuencia no resulta aplicable que la autoridad marítima deba remitir una copia de la pertinente escritura pública al Servicio de Impuestos Internos para tal efecto, como se indica en el N° 11 de la parte dispositiva del decreto en análisis. Además, cabe anotar que según el plano N° 246/11-S, que se acompaña, la longitud weste de los vértices A y B es 73°45´05,20” y 73°45´07,37”, respectivamente, y no como erróneamente se indica en el N° 2 de la parte dispositiva del documento en examen. Finalmente, es útil anotar que a partir del N° 11 de la parte dispositiva del acto administrativo de la suma, se advierte un error en el orden correlativo de los números de dicho instrumento. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del decreto del epígrafe. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Graciela Lepe Uribe Subjefe División Jurídica
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 035291N17, de 2 de octubre de 2017.
Más sobre Concesiones Marítimas, Acuicultura y Pesca
-
La Contraloría concluye que la DIRECTEMAR puede fiscalizar los astilleros de todo el territorio nacional, aunque estén fuera de su jurisdicción, porque la ley le entrega ese control técnico para garantizar la seguridad naval.
-
La Contraloría toma razón del documento que reconoce la fusión y cambio de razón social de la concesionaria y pone término a la concesión marítima, con el alcance de que la fecha de publicación del extracto citada es errónea.
-
La Contraloría concluye que no hay reproche jurídico al Ministerio de Defensa por la demora en resolver la renuncia parcial a la concesión marítima, pues existieron dificultades técnicas y la solicitante tardó en completar antecedentes. Tampoco correspondía suspender el cobro de la renta, aunque el nuevo tarifado rige desde la admisión de la solicitud.
Todos los pronunciamientos sobre Concesiones Marítimas, Acuicultura y Pesca
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Medio Ambiente y Regulación Sectorial, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Medio Ambiente y Regulación Sectorial¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.