Contraloría General de la República · N° 027976N16
Dictamen N° 27.976, de 14 de abril de 2016
Texto del pronunciamiento
N° 27.976 Fecha: 14-IV-2016 Esta Contraloría General ha debido representar la resolución de la suma que aprueba las bases administrativas y demás antecedentes para la licitación pública que detalla, para la conservación, mantención y seguridad del parque que expresa, por no ajustarse a derecho. Lo anterior, en atención a que se advierte que en ella no se indica un tope máximo para la aplicación de multas, lo que vulnera lo dispuesto en el artículo 79 ter del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, reglamento de la ley N° 19.886 (aplica el dictamen N° 12.797, de 2016, de este origen). Luego, es dable manifestar que se aprecia una incongruencia en relación a la faena definida en el punto 4.14.9 número 6. “Fertilización”, de las atingentes especificaciones técnicas, pues aunque se trata de una labor permanente, se incluye en el “ANEXO 2”, sobre labores estacionales. Además, dichas especificaciones no contemplan el apartado “4.13.1” al que se alude en su parágrafo 4.14.10 “Arcos de Deporte”. Finalmente, es del caso apuntar que el domicilio de calle “Pío Nono N° 450 (Casa 1)”, no se ubica en la comuna de La Pintana, como se señala en los puntos 11.1 y 13.1, del respectivo pliego de condiciones. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 027976N16, de 14 de abril de 2016.
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