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Contraloría General de la República · N° 038419N11

Dictamen N° 38.419, de 17 de junio de 2011

Texto del pronunciamiento

N° 38.419 Fecha: 17-VI-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General la Municipalidad de Puente Alto, solicitando la reconsideración del dictamen N° 76.353, de 2010, mediante el cual se concluyó, en síntesis, que no se advertía que el peticionario, don Patricio Canales Zamora, incumpliera alguno de los requisitos que el ordenamiento jurídico exige para la obtención de la patente comercial que le requiriera, por lo que el aludido municipio debía proceder a su otorgamiento. Ello, en el entendido que, de acuerdo con los antecedentes acompañados en su oportunidad, aquél contaba con una autorización de la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas, para ocupar la faja de terreno fiscal en la que desarrollaría la respectiva actividad gravada. La entidad edilicia mencionada fundamenta su solicitud de reconsideración, en síntesis, en que de acuerdo a los antecedentes que recabara de la aludida Dirección de Vialidad, ésta no ha otorgado al señor Canales Zamora una autorización definitiva para instalarse en el terreno de que se trata. Por su parte, don Patricio Canales Zamora, ha comparecido sosteniendo que el certificado que acompañara a su anterior presentación acreditaría la cuestionada autorización de la Dirección de Vialidad y que no procedería acceder a la solicitud de reconsideración del municipio por las razones que indica. Requerida al efecto la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas, ha informado mediante su oficio N° 2.290, de 2011, en lo que interesa, que el cerificado aludido, emitido por la Jefa (S) de la Oficina Provincial Cordillera de la Dirección de Vialidad, sólo da cuenta del inicio de la tramitación tendiente a autorizar al particular afectado para que se instale en la ruta fiscal que individualiza, la que aún no se encontraría afinada. En este nuevo contexto, no cabe sino complementar el citado dictamen N° 76.353, de 2010, en el sentido que sólo en la medida que en definitiva se conceda al señor Canales Zamora, por parte de la autoridad competente, la autorización en comento, lo que deberá acreditarse mediante documentación fidedigna, aquél podrá exigir a la Municipalidad de Puente Alto el otorgamiento de la respectiva patente comercial, sin perjuicio del cumplimiento del resto de los requisitos necesarios al efecto. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 038419N11, de 17 de junio de 2011.

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