Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 006152N12

Dictamen N° 6.152, de 31 de enero de 2012

Texto del pronunciamiento

N° 6.152 Fecha: 31-I-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General la persona individualizada en el rubro, para solicitar la devolución de las cantidades que le fueron descontadas en forma indebida, por concepto de cotizaciones para el Fondo de Seguro Social, por el período comprendido entre el 1 de enero de 1982 y el 31 de diciembre de 2010. Al respecto, cumple con expresar que, mediante el oficio N° 45.598, de 2011, este Organismo de Control ha manifestado que el interesado no tiene derecho al desahucio establecido en el decreto con fuerza de ley N° 338, de 1960, por cuanto no pudo continuar efectuando imposiciones para el señalado Fondo de Seguro Social, teniendo en cuenta que a contar del 31 de agosto de 1981 se afilió al Sistema de Pensiones creado por el decreto ley N° 3.500, de 1980, acreditándose, además, que no se le descontaba de su remuneración suma alguna para ese propósito, según la liquidación de sueldo que se acompañó en esa oportunidad. Sin embargo, en esta ocasión, el señor Muñoz Cares adjunta sus liquidaciones de sueldos desde mayo de 2009 hasta diciembre de 2010, en las que consta que efectivamente se efectuaron las cotizaciones al Fondo de Seguro Social, cuenta N° 9070, razón por la cual procede que, en armonía con el criterio contenido en el dictamen N° 54.937, de 2009, de este origen, la Tesorería General de la República, a través de la Tesorería Provincial de Ñuñoa, restituya al afectado la suma de $ 199.990. Lo anterior, por cierto, sin perjuicio que posteriormente el interesado acompañe nuevos antecedentes que den cuenta de la totalidad de los períodos por los cuales efectivamente cotizó para el mencionado Fondo de Desahucio. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 006152N12, de 31 de enero de 2012.

Más sobre AFP, Cotizaciones y Bono de Reconocimiento

  • 3 de noviembre de 2026

    Dictamen N° D453

    La Contraloría concluye que la determinación de las cotizaciones previsionales y de salud incluidas en el código 900 del Formulario N° 22 es competencia del SII, por lo que le remite la presentación para que responda a la recurrente, sin pronunciarse sobre el fondo de la compensación CAE.

  • 20 de agosto de 2026

    Dictamen N° OF158358

    La Contraloría rechaza la solicitud de ilegalidad del cálculo del aporte mensual complementario de educación, pues el DFL N° 4, de 2025, ya fue tomado de razón y se ajustó a la delegación. Además, la alegación sobre un financiamiento incompleto es materia constitucional ajena a su competencia.

  • 12 de mayo de 2026

    Dictamen N° OF91153

    La Contraloría concluye que las retenciones de boletas de honorarios destinadas a cotizaciones previsionales tienen preeminencia sobre otros cobros, por lo que la TGR debe revocar la compensación con la deuda CAE y reintegrar los $580.974 a la recurrente.

Todos los pronunciamientos sobre AFP, Cotizaciones y Bono de Reconocimiento

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Previsión Social, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Previsión Social

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium