Contraloría General de la República · N° 071429N14
Dictamen N° 71.429, de 12 de septiembre de 2014
Texto del pronunciamiento
N° 71.429 Fecha : 12-IX-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Carlos Armín Díaz Astudillo, requiriendo, por las razones que expone y en lo esencial, un pronunciamiento acerca de la manera en que debe indicarse el “modo de extraer las aguas” tratándose de solicitudes de derecho de aprovechamiento de aguas superficiales. Sobre el particular, es necesario señalar que de conformidad con las disposiciones de la ley N° 10.336, Orgánica de este Órgano de Control, con las instrucciones impartidas por su oficio N° 24.841, de 1974, y de acuerdo con la jurisprudencia administrativa, contenida, entre otros, en sus dictámenes N os 63.997, de 2013, y 61.712, de 2014, a esta Entidad Fiscalizadora sólo le corresponde conocer y pronunciarse respecto de presentaciones deducidas por particulares en caso de que ellas se refieran a asuntos en que se haya producido una resolución denegatoria o dilatado una decisión por parte de la autoridad administrativa, habiéndola solicitado el interesado, circunstancias que deben ser acreditadas. En consecuencia, considerando que no se han adjuntado antecedentes que permitan justificar alguna de las mencionadas situaciones, esta Sede de Control ha debido abstenerse de emitir un pronunciamiento sobre el particular. Sin perjuicio de lo anterior, y habida cuenta de lo previsto en el artículo 14 de la ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, cumple con remitir a la Dirección General de Aguas fotocopia de la respectiva presentación, para su conocimiento y fines pertinentes. Transcríbase al interesado. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Osvaldo Vargas Zincke Jefe División de Infraestructura y Regulación
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 071429N14, de 12 de septiembre de 2014.
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