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Contraloría General de la República · N° 089333N16

Dictamen N° 89.333, de 13 de diciembre de 2016

Texto del pronunciamiento

N° 89.333 Fecha: 13-XII-2016 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al documento del epígrafe, que sobresee el sumario administrativo instruido de acuerdo con lo ordenado en el oficio N° 67.872, de 2015, de este origen, con el fin de indagar el extravío de la ficha clínica de una paciente, por cuanto del examen del expediente, se advierte que la investigación no se encuentra agotada. Al respecto, cabe hacer presente que, del estudio del sumario, aparece que la fiscal del proceso acreditó que la responsabilidad por la pérdida del mencionado documento recaería en la señora María José González Jeria, quien se habría desempeñado en ese centro de salud, al menos, desde el mes de mayo de 2014 y hasta mayo de 2016, sin haber sido designada en calidad de funcionaria, circunstancia que impide aplicarle una medida disciplinaria por tal hecho. Sin embargo, resulta necesario puntualizar que en la especie, se omitió indagar la responsabilidad administrativa que le asiste a los funcionarios que autorizaron a la señora González Jeria para cumplir labores en ese organismo desde el mes de mayo de 2014, recibiendo las remuneraciones correspondientes a un cargo profesional, grado 14 de la E.U.S., según dan cuenta las liquidaciones de sueldo que constan en el expediente, sin que se le hubiese designado en algún empleo público, mediante un acto administrativo emitido por la superioridad facultada para tales efectos. En mérito de lo expuesto, se representa la resolución de la suma, con la finalidad de que la jefatura superior de ese hospital disponga la reapertura del proceso sumarial de que se trata y determine las responsabilidades funcionarias que aparezcan comprometidas en la situación descrita en el párrafo precedente, para cuyo efecto deberá dictar el pertinente acto administrativo y remitir una copia a la Unidad de Seguimiento de la Fiscalía de este Órgano Contralor, dentro del plazo de 15 días hábiles contado desde la recepción del presente oficio. Transcríbase a la mencionada unidad de seguimiento. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Alejandro Riquelme Montecinos Jefe Subrogante División de Personal de la Administración del Estado

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 089333N16, de 13 de diciembre de 2016.

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