Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 007122N18

Dictamen N° 7.122, de 14 de marzo de 2018

Texto del pronunciamiento

N° 7.122 Fecha: 14-III-2018 Se han dirigido a esta Contraloría General la diputada Camila Vallejo Dowling y los diputados Daniel Núñez Arancibia y Lautaro Carmona Soto, solicitando se precise si el señor Sebastián Piñera Echeñique vulneró el principio de probidad durante su anterior mandato presidencial a propósito de la tramitación y ejecución de la ley N° 20.469, cuyo proyecto de ley fue ingresado al parlamento el día 1 de septiembre de 2010, todo ello conforme a los razonamientos y argumentos que en su presentación desarrollan. Sobre el particular, es del caso observar que esta Contraloría General carece de competencia para perseguir una eventual responsabilidad del Presidente de la República y Ministros de Estado en el ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, ya que en términos generales y en concordancia con lo resuelto en los dictámenes N os 73.040, de 2009 y 47.579, de 2013, conforme a los artículos 52, N° 2, letras a) y b), y 53, N° 1, de la Constitución Política de la República, los órganos competentes para hacer efectivas las responsabilidades de las autoridades de gobierno son la Cámara de Diputados, a través de la formulación de la acusación constitucional respectiva, y el Senado, mediante su conocimiento y resolución; y no esta Entidad de Control Superior (aplica dictamen N° 44.990, de 2017). En todo caso, y aun cuando conforme al primero de los dictámenes citados lo anterior no impide a este Organismo Fiscalizador ordenar un sumario como medio formal para establecer hechos y con el fin de remitir sus conclusiones y antecedentes a la Cámara de Diputados, atendido el plazo fijado en la Constitución Política para hacer efectiva esa responsabilidad -durante el pertinente mandato y hasta seis meses después de haber cesado en él-, y la insuficiencia de los antecedentes acompañados, no resulta procedente emitir el pronunciamiento solicitado. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 007122N18, de 14 de marzo de 2018.

Más sobre Competencia, Abstención y Asuntos Judiciales

  • 29 de octubre de 2026

    Dictamen N° OF205747

    La Contraloría concluye que no le corresponde pronunciarse sobre la urgencia otorgada por el expresidente Boric a un proyecto de reforma constitucional, porque esa actuación incide en sus atribuciones colegislativas, materia ajena a su competencia.

  • 16 de septiembre de 2026

    Dictamen N° OF177637

    La Contraloría rechaza reconsiderar su criterio: el reclamo del artículo 160 de la ley N° 18.834 solo procede una vez afinado el procedimiento disciplinario, sin excepción por la gravedad de los vicios alegados, y la incompetencia de quien ordenó el sumario no lo invalida si lo afina la autoridad competente.

  • 20 de agosto de 2026

    Dictamen N° OF158362

    La Contraloría concluye que no puede fiscalizar al SERVEL ni pronunciarse sobre la legalidad de la notificación de vocales de mesa, porque ese servicio no está sujeto a su control, salvo en el examen de sus cuentas; solo remite los antecedentes al SERVEL.

Todos los pronunciamientos sobre Competencia, Abstención y Asuntos Judiciales

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Control de la Contraloría, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Control de la Contraloría

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium