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Contraloría General de la República · N° 070526N11

Dictamen N° 70.526, de 10 de noviembre de 2011

Texto del pronunciamiento

N° 70.526 Fecha : 10-XI-2011 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de tomar razón del decreto 1332, de 2011, del Ministerio de Hacienda, que concede subvención que indica a la Fundación Las Rosas de Ayuda Fraterna, por cuanto no se ajusta a derecho. En efecto, de acuerdo con lo dispuesto en la glosa 01 de la Partida 50, Capítulo 01, Programa 02, del Tesoro Público, contenida en la ley N° 20.481, de Presupuestos del Sector Público para el año 2011, la vigencia de los convenios suscritos al efecto no podrá exceder del año 2011, debiendo especificar en ellos las actividades a desarrollar durante dicha anualidad por las instituciones beneficiarias. Ahora bien, el acto en examen indica que los recursos deberán destinarse a cumplir con el objetivo previsto a contar de la fecha del decreto emitido por el Ministerio de Hacienda y por un período de 12 meses. Atendido a que dicho acto administrativo fue dictado el 26 de septiembre de 2011, la vigencia del aludido acuerdo de voluntades excede el período previsto en la glosa a que se ha hecho mención. Además, cabe señalar que tal como lo ha dispuesto la jurisprudencia administrativa de esta Entidad Fiscalizadora, contenida, entre otros, en los dictámenes N°s. 59.946, de 2010 Y 38.395, de 2011, las convenciones sólo pueden producir sus efectos a contar de la total tramitación de los instrumentos que las aprueben y no desde su emisión como acontece en la especie. Enseguida, según la letra b), numeral V del punto 1 ° del acto en estudio, la referida Fundación deberá enviar la rendición de cuentas al Sub Departamento de Subvención Presidencial, dependiente de la Dirección Administrativa de la Presidencia de la República, para que éste proceda a la revisión de los caudales concedidos, estipulación que no resulta procedente con arreglo a lo preceptuado en el párrafo 5.3 de la resolución N° 759, de 2003, de este Órgano de Control -que fija normas de procedimiento sobre rendición de cuentas-, ya que corresponde a la unidad operativa otorgante, en este caso el Ministerio de Hacienda, exigir la referida rendición, proceder a su revisión y verificar el cumplimiento de los objetivos pactados. Asimismo, la referencia a la resolución N° 375, de 2003, del Ministerio de Hacienda, contenida en el acápite " del citado punto 1 0, debe entenderse efectuada al decreto del mismo número, año y origen, que aprueba reglamento de la ley N° 19.862, que establece registros de las personas jurídicas receptoras de fondos En mérito de lo anteriormente expuesto, esta Entidad de Control representa el decreto N° 1.332, de 2011, del Ministerio de Hacienda. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 070526N11, de 10 de noviembre de 2011.

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