Contraloría General de la República · N° 065146N10
Dictamen N° 65.146, de 2 de noviembre de 2010
Texto del pronunciamiento
N° 65.146 Fecha: 02-XI-2010 En el recurso de protección rol 479-2010, interpuesto por don Juan Riquelme Zucchet, en contra del Contralor General de la República y en contra de la señora Contralor Regional de Valparaíso (S), ese lltmo. Tribunal mediante oficio N° 1.102-2010 Protección, ingresado a la Oficina de Partes de esta Contraloría General el 25 de octubre de 2010, ha solicitado que se informe al tenor del recurso que en copia adjunta y se acompañen todos los antecedentes que obren en su poder y que sean necesarios para su adecuada resolución. Al respecto, el Contralor General de la República, cumple con manifestar a V.S. Iltma. lo siguiente: El recurso de autos ha sido deducido en contra del infrascrito, por haber dictado la resolución exenta N° 2.780, de 17 de agosto de 2010, que aprobó el sumario administrativo incoado por la indicada Sede Regional en la Universidad de Valparaíso y propuso aplicar, entre otros, al señor Riquelme Zucchet, ex Rector de esa Casa de Estudios, la sanción de destitución, establecida en los artículos 121, letra d), y 125, de la ley N° 18.834, que aprobó el Estatuto Administrativo. Lo anterior, por cuanto, según estima el recurrente, a través de dicho pronunciamiento se le habría perturbado, amenazado y consecuencialmente privado del legítimo ejercicio de las garantías constitucionales previstas en el artículo 19, numerales 2°, 3° y 24°, de la Carta Fundamental, por lo que solicita ese lltmo. Tribunal que decrete la improcedencia de la indicada sanción y que no se le aplique ninguna o bien que se le imponga una menor, de entre aquellas que contempla el precitado artículo 125 de la ley N° 18.834. Al respecto, es menester señalar que tras efectuar el pertinente estudio de los argumentos que se hacen valer en la acción cautelar deducida, no cabe sino concluir que ella carece de todo fundamento, tal como ya se ha hecho presente a ese lltmo. Tribunal en el informe que ha emitido la Contraloría Regional de Valparaíso, en el cual se exponen latamente todos los planteamientos y consideraciones que permiten refutar el recurso interpuesto. En efecto, en el mencionado documento se expresa que tal acción resulta improcedente, entre otras razones, por cuanto el proceder de este Ente Contralor, al dictar la anotada resolución exenta N° 2.780, de 2010, se ha ajustado estrictamente a derecho, limitándose a ejercer las facultades que privativamente le reconocen, tanto la Constitución Política de la República, como la ley N° 10.336, sobre organización y atribuciones de este Órgano de Control, exponiéndose en ese informe, con especial cuidado, por una parte, que la impugnación de un procedimiento disciplinario constituye una materia de lato conocimiento y que el referido acto se encuentra sujeto al imperio del derecho, enfatizándose el carácter meramente propositivo que aquél posee, y por otra, de qué manera resulta insostenible que su emisión importe una privación perturbación o amenaza de las garantías constitucionales invocadas por el actor. Asimismo, se reafirma que la actuación de este Organismo Contralor no ha sido ilegal o arbitraria, y que ella se atuvo permanentemente al principio del debido proceso, tanto en lo que se refiere a las reglas de tramitación del procedimiento sumarial sustanciado, como en la determinación de la necesaria, proporcionalidad que debía existir entre las infracciones administrativas acreditadas respecto del actor y la medida que debía ser propuesta a la autoridad que le corresponde ejercer la potestad disciplinaria a su respecto, a saber, el Presidente de la República. De este modo, esta Entidad de Control ha hecho valer ante esa lltma. Corte, a través del informe emitido por su Sede Regional, los elementos de convicción, que a su juicio deben dar lugar a que la acción cautelar deducida en estos autos sea desestimada, consideraciones que el Contralor General de la República hace suyas en esta oportunidad. En cumplimiento de lo solicitado por V.S. lltma., mediante oficio N° 1.102-2010 Protección, se acompaña, a mayor abundamiento, copia del oficio N° 5.593, de 29 de octubre de 2010, de la Contraloría Regional de Valparaíso, ingresado a esa lltma. Corte, con la misma fecha. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 065146N10, de 2 de noviembre de 2010.
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