Contraloría General de la República · N° 070998N16
Dictamen N° 70.998, de 29 de septiembre de 2016
Texto del pronunciamiento
N° 70.998 Fecha: 29-IX-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General la Dirección del Trabajo, remitiendo la presentación efectuada ante ella por don Sergio Barrera Vega, servidor de la Municipalidad de Renca, quien en su calidad de fiscal en el sumario instruido mediante el decreto alcaldicio N° 247, de 2016, puso en conocimiento de dicho organismo, para los fines legales que estime pertinentes, las denuncias y declaraciones de determinadas funcionarias que habrían dado origen al proceso sumarial ya referido, por el supuesto “acoso sexual laboral” que un funcionario del municipio habría ejercido en contra de ellas. Sobre el particular, corresponde señalar que los sumarios constituyen procesos reglados en los que no caben otras instancias o trámites que los previstos en la normativa que establecen los artículos 126 y siguientes de la ley N° 18.883, y cuya finalidad es esclarecer los hechos que fueron materia de la indagatoria, objetivo para el cual el fiscal, en su rol de investigador deberá ordenar todas aquellas diligencias que siendo necesarias, útiles, pertinentes y plausibles, permitan comprobar la veracidad y existencia de las conductas imputadas, las que deberá apreciar en conciencia para luego proponer la medida que estime pertinente, la que, en todo caso, no resulta vinculante para el alcalde, quien en virtud de su potestad disciplinaria, tiene la facultad de modificarla. Corresponderá además al instructor, la obligación de procurar a través del desarrollo del proceso disciplinario, las instancias a fin de asegurar la debida defensa de los inculpados, respetándose, en definitiva, la garantía de un justo y racional procedimiento. Así las cosas, en lo que a la tramitación del sumario se refiere, al señor Barrera Vega, en su calidad de fiscal, le corresponderá ponderar los elementos de convicción que le permitan esclarecer los hechos que fueron materia de la indagatoria, tales como las declaraciones acompañadas, para luego en definitiva, proponer la medida que estime apropiada, esto es, la absolución o la sanción que a su juicio corresponda aplicar. Por otra parte, de acuerdo a lo informado por el señor Barrera Vega, en correo electrónico de fecha 27 de julio de 2016, el procedimiento disciplinario a que se alude, no ha sido afinado, por lo que no resulta procedente que esta Entidad Contralora emita, por ahora, una opinión sobre la materia (aplica criterio contenido en el dictamen N° 55.419, de 2015). Transcríbase a la Municipalidad de Renca y a la Dirección del Trabajo. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 070998N16, de 29 de septiembre de 2016.
Artículos que cita
Más sobre Sumarios e Investigaciones Sumarias
-
La Contraloría concluye que, como excepción a la regla general de publicidad, los expedientes afinados por acoso laboral o sexual o violencia en el trabajo están reservados y no pueden entregarse a terceros, ni siquiera disociados, salvo autorización de los titulares de los datos.
-
La Contraloría concluye que, en los sumarios del artículo 72 letra b) de la ley N° 19.070, a los profesionales de la educación de un SLEP puede aplicárseles el término de la relación laboral o las medidas disciplinarias de su Reglamento Interno de Higiene y Seguridad (ley N° 16.744), y reconsidera dictámenes previos.
-
La Contraloría concluye que, aunque no puede intervenir en asuntos litigiosos, sí puede pronunciarse sobre la responsabilidad administrativa ya conocida por tribunales; corresponde al Servicio de Salud Concepción evaluar los antecedentes y disponer, si procede, los sumarios pertinentes.
Todos los pronunciamientos sobre Sumarios e Investigaciones Sumarias
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Responsabilidad Funcionaria y Probidad, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Responsabilidad Funcionaria y Probidad¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.