Contraloría General de la República · N° 012439N14
Dictamen N° 12.439, de 18 de febrero de 2014
Texto del pronunciamiento
N° 12.439 Fecha: 18-II-2014 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución N° 26, de 2014, del Instituto Nacional de Deportes de Chile, que aprueba las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos de la licitación pública para la contratación del servicio de organización y ejecución de corridas y cicletadas 2014, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante lo anterior, cumple con hacer presente que, en conformidad a lo previsto por el artículo 43 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, reglamento de la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, la devolución de las garantías de seriedad de la oferta a aquellos proponentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles, se efectuará dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad, y no como se indica en el punto 9.3. del pliego de condiciones. Además, con respecto a la disposición contenida en el numeral 14.7. de las aludidas bases administrativas, cabe hacer presente que ella importa una modificación del contrato respectivo, debiendo, por tanto, ser formalizada a través de un acto administrativo totalmente tramitado. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de la resolución individualizada. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 012439N14, de 18 de febrero de 2014.
Más sobre Licitación Pública y Bases
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La Contraloría rechaza la reconsideración y mantiene que la Universidad de Chile debe invalidar la adjudicación, pues la oferta de Hoppmann sí incluía el anexo técnico y su inadmisibilidad se basó en un error. Las compensaciones por perjuicios corresponden a los tribunales.
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La Contraloría concluye que la PDI no ejerció arbitrariamente su facultad de fijar especificaciones técnicas en las bases, pues incluyó rangos de aceptación y fundamentó sus exigencias, por lo que desestima el reclamo; solo recomienda detallar en lo sucesivo las razones de exigencias muy específicas.
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La Contraloría concluye que, como excepción a la regla general, en la contratación de apertura y mantención de cuentas corrientes el municipio debe estimar fundadamente el monto considerando los recursos que se manejarán en la cuenta, para fijar garantías, multas y límites contractuales.
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