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Contraloría General de la República · N° E566276N24

Dictamen N° E566276, de 18 de noviembre de 2024

Sumario

La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba las bases de una licitación de servicios de comunicaciones, con alcances: podrá ponerse término anticipado al contrato si se impone la pena de inhabilitación para contratar con el Estado, y la referencia a los "párrafos cuarto y quinto" debe entenderse a las letras e) y f).

Texto del pronunciamiento

N° E566276 Fecha: 18-XI-2024 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba bases administrativas, especificaciones técnicas y anexos de licitación pública, para contratar el servicio de comunicaciones que indica, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cabe hacer presente que la autoridad también podrá poner término anticipado al contrato a que dé origen la presente licitación, en el caso que al contratista se le imponga la pena de inhabilitación para contratar con el Estado prevista en los artículos 8° y 10 de la ley N° 20.393, sustituidos por el artículo 50 de la ley N° 21.595, disposición esta última que entró en vigencia el 1 de septiembre de este año. Por otro lado, es necesario precisar que la alusión realizada en la letra i) del Nº 1.9 de las bases administrativas, a los “párrafos cuarto y quinto precedentes”, debe entenderse efectuada a las letras e) y f) anteriores a aquella. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto de la suma. Saluda atentamente a Ud., Dorothy Pérez Gutiérrez Contralora General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° E566276N24, de 18 de noviembre de 2024.

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