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Contraloría General de la República · N° 068745N10

Dictamen N° 68.745, de 17 de noviembre de 2010

Texto del pronunciamiento

N° 68.745 Fecha: 17-XI-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Etelvina del Carmen Jamett Campos, para solicitar un pronunciamiento acerca de su eventual calidad de empleada pública, dependiente de la Dirección General de Aguas, en razón de la labor de observadora que desarrolla en el Embalse Culimó, ubicado en la comuna de Los Vilos. Requerida de informe, la Subsecretaría de Obras Públicas ha señalado, en síntesis, que la recurrente no es funcionaria de la aludida Dirección, no pudiendo, por ende, exigir las prerrogativas que le corresponderían como tal, y que, en la especie, sólo se le paga trimestralmente una suma de dinero por la observación y registro de parámetros de pluviometría y fluviometría en la Estación del mencionado embalse, el cual es de propiedad de la respectiva Asociación de Canalistas, entidad que también lo administra, y que el gasto respectivo, para el presente año, fue autorizado mediante la resolución exenta N° 755, de 2010, del Director Regional de Coquimbo de esa repartición. Sobre el particular, resulta necesario anotar que, de acuerdo con los antecedentes tenidos a la vista y lo manifestado por la referida Subsecretaría, la ocurrente cumple actividades específicas que únicamente pueden desarrollarse en terreno, y consisten, por una parte, en la anotación de las precipitaciones, cuando ellas acontezcan, y, por la otra, en la lectura de las variaciones de los niveles de agua del mencionado embalse, el cual es de dominio privado, las que se compensan en dinero mediante un sistema tarifario que responde a la peculiaridad de aquéllas, de manera que el monto total a pagar en los períodos establecidos para ello -en la especie, en forma trimestral-, se determina por el número total de registros efectuados. Enseguida, debe precisar que según lo indicado en el dictamen N° 40.280, de 2009, de este Organismo de Control, sólo las personas que han sido objeto de nombramiento extendido por la autoridad competente y que han asumido las funciones para cuyo ejercicio se les designa, adquieren la naturaleza jurídica de funcionarios públicos, condiciones que no concurren respecto de la señora Jamett Campos. Lo anterior, se ve corroborado por lo dispuesto en la citada resolución exenta N° 755, de 2010, que autoriza el entero de las sumas correspondientes a los registros efectuados por la requirente, ordenando su imputación al subtítulo 31 del presupuesto de la Dirección General de Aguas, el cual no resulta aplicable a los gastos en personal. De acuerdo con lo antes expuesto, y considerando las especiales características de las tareas que cumple la interesada, esta Contraloría General debe necesariamente concluir que ella no posee la calidad que pretende. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 068745N10, de 17 de noviembre de 2010.

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