Contraloría General de la República · N° E146014N25
Dictamen N° E146014, de 28 de agosto de 2025
Sumario
La Contraloría toma razón del documento que aprueba las bases, contrato y anexos para el arrendamiento del sistema de automatización de procesos de Carabineros, con alcances para que se corrijan errores en las bases durante las aclaraciones.
Texto del pronunciamiento
N° E146014 Fecha: 28-VIII-2025 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, mediante el cual se aprueban las bases administrativas, texto de contrato y anexos, para la contratación del servicio de arrendamiento del sistema de automatización de procesos que indica, para Carabineros de Chile, pero es necesario que en la etapa de aclaraciones esa entidad precise en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, que la licitación de que se trata es de carácter simple y no por líneas o zonas, como se indica en el N° 3.6 párrafo primero, de las respectivas bases. Asimismo, deberá precisar que la referencia que se efectúa en el penúltimo párrafo de los N°s 5.4 y 5.5 del pliego de condiciones al artículo 67 bis del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, debe entenderse efectuada a los artículos 180 y siguientes del decreto N° 661, de 2024, del aludido ministerio. Además, en la misma oportunidad, deberá precisar que, atendido lo dispuesto en el 2.10 de las bases, a la oferta de quienes, habiendo sido informados para salvar omisiones formales y/o presentar certificaciones o antecedentes, no lo realicen dentro del plazo otorgado para tal efecto, se le asignará 0 puntos o será declarada inadmisible, en caso de corresponder, lo que se ha omitido consignar en esos términos en la letra E., del numeral 4, del anexo N°1. Por otra parte, y en lo referente al cumplimiento de requisitos formales, la anotada entidad deberá aclarar que aquellos oferentes que cumplan con la documentación solicitada obtendrán 1 punto en dicho criterio, y no 3 puntos, como se alude en el párrafo segundo de la letra E., del numeral 4, del anexo N° 1, del pliego rector. Finalmente, en lo meramente formal, se aprecia un error en el orden correlativo de las letras comprendidas en los párrafos de la cláusula décima, del texto de contrato que se aprueba lo que, en todo caso, no afecta su acertada inteligencia. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo individualizado en el epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Por orden de la Contralora General de la República Víctor Hugo Merino Rojas Subcontralor General
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E146014N25, de 28 de agosto de 2025.
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